Masora (Asociación de Municipios del Altiplano del Oriente Antioqueño) nace como gestor catastral de la Resolución Conjunta 1101 del IGAC y 11344 de la SNR del 31 de diciembre de 2020, que establece los lineamientos para los procedimientos catastrales con efectos registrales en Colombia, facilitando así actualizar la realidad física de los predios. En ella se habla de las rectificaciones de áreas, linderos e inclusión de cabida en folios de matrícula inmobiliaria, contextualiza Santiago Gómez Morales, su gerente.
¿En qué consiste una rectificación de áreas?, según el gerente en “modificar las áreas que están declaradas en los certificados de libertad y tradición y las escrituras, según la forma en la que se indiquen: linderos arcifinios, áreas en hectáreas, en metros, a veces en varas o cuadras. La rectificación se hace mediante un acuerdo llamado técnicamente Rectificación de áreas por acuerdo entre las partes”.
“Si no existiera esta norma las personas tendrían que ir a una notaría a declarar juramentadamente extra juicio. Entonces se optó por realizar un acta de acuerdo en la que los mismos propietarios se comuniquen con sus vecinos, realicen la firma de los documentos, los radiquen y puedan finalmente realizar el ejercicio. Eso en términos sencillos es un Acta de Colindancia”, agrega Gómez Morales.
Los documentos que se deben aportar para tramitar un Acta de Colindancia son los que sirvan para identificar que las personas que están firmando el documento son los propietarios:
1- Diligenciar un formulario (deberá ser llenado y firmado con datos, tanto del propietario del inmueble solicitante como del propietario del inmueble colindante).
2- Indicar en el formulario el Número Predial Nacional (ficha catastral).
3- Folio de Matrícula Inmobiliaria.
4- Ubicación del inmueble: departamento, municipio, vereda o barrio.
5- Dirección del inmueble.
6- Huella dactilar para certificar el ejercicio y no tener gastos en notarías en las declaraciones extrajudiciales.
7- Fotocopia de las cédulas.
8- Descripción del lindero objeto del acuerdo del acta. Una copia textual del existente en las escrituras, referenciados en los certificados de libertad y tradición.
9- Representación gráfica de los linderos definitivos.
10- Descripción técnica de los linderos definitivos.
Se deberá adjuntar una copia del certificado de tradición actualizado o en su defecto una copia de las escrituras del inmueble. Finalmente se debe anexar un levantamiento topográfico del lote solicitante.
“El certificado de tradición lo que permite es identificar el origen del predio, en dónde se declararon lo linderos, cuáles son los linderos que existían desde el origen, si dentro del certificado de libertad y tradición ya están declarados los linderos, esos son los que se deben declarar, si no está definido en el certificado de tradición toca mirar los linderos en la escritura. Cuando no existen en ninguno de los documentos, ya no se haría por acuerdo entre las partes sino por medio de la inclusión de áreas, entonces ya tendríamos que hacer otro ejercicio distinto, tal vez por medio de un certificado con fines registrales emitido por Masora”, sostiene el gerente.
Aunque la norma es muy clara en indicar cuáles son los documentos que deben aportar los usuarios, “nosotros optamos casi siempre por realizar este proceso de una forma más sucinta para ellos”, concluyó Gómez Morales.
*Arquitecto.
jowija_5@hotmail.com