El sujeto del derecho (II)
Señor director:
Preguntar por el sujeto del derecho es averiguar por el titular del mismo, indagar quién tiene derechos.
En el artículo anterior se trató de dar respuesta a la pregunta desde la Filosofía, específicamente desde dos de sus tratados: la Antropología y la Ética. El argumento alegado fue este: solo tiene derechos, únicamente es sujeto del derecho el ser humano, dotado por Dios de entendimiento y voluntad.
Por consiguiente, según lo argumentado, los animales no tienen derechos, no son sujetos de derechos, pues carecen de entendimiento y de voluntad libre. Su conocimiento es de orden sensible, un conocimiento (¿inteligencia?) sensitivo; no hay en ellos libertad, proceden por instinto.
Hasta este punto Platón y Aristóteles aprobarían sin asomo de duda lo expuesto. Pero resulta que un colega mío, muy modesto él, añadió dos argumentos tomados de la Filosofía del Derecho y que recibirían el aplauso de Kant y de Hegel. En primer término son sujetos de derechos aquellos seres que pueden DEMANDAR el reconocimiento y el cumplimiento de los mismos. Es evidente que nadie más que los humanos puede hacerlo.
En segundo término son titulares de derechos los seres que tienen DEBERES U OBLIGACIONES. Los deberes u obligaciones son la contrapartida de los derechos.
Se deduce de aquí que los animales no pueden ser sujetos o titulares de derechos, ya que ellos son incapaces de demandar, y a ellos no se les puede exigir que cumplan deberes u obligaciones.
Los animales, entes que se mueven fuera del ámbito jurídico, tienen NECESIDADES que deben ser atendidas por los humanos.
Los entes no sintientes, como los ríos y los páramos y nevados, tampoco son sujetos de derechos.
Sujetos y titulares de derechos son las COMUNIDADES que viven en su entorno.
Bueno, ciertos ríos tendrían derechos, como uno de la Península Ibérica, que le habló así al rey visigodo Don Rodrigo, instándolo a detener la invasión musulmana en el año 711: “Acude, acorre, vuela, / traspassa el alta sierra, ocupa el llano; / no perdones la espuela, / no des paz a la mano, / menea fulminando el hierro insano” (Fray Luis de León, Profecía del Tajo).
Y por lo que toca a nevados y páramos, podrían reclamar derechos el Popocatépetl y el Ixtazíhuatl, que dominan el valle de Anáhuac, en Méjico, como cantaba la sin par María Dolores Pradera, acompañada por Los Gemelos, en la interpretación de “La leyenda de los volcanes”.
Padre Jaime Pinzón M.
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