
Foto| LAPATRIA
El accidente fue en el centro de Manizales.
LA PATRIA|MANIZALES
"La señora tiene dolor en región lumbar y dificultad para la movilidad". Este es el reporte dado por Defensa Civil, tras un accidente de la tarde de este jueves 10 de abril en el centro de Manizales, y en el que se afectó una adulta mayor.
Un taxista, de 24 años de edad, arrolló a Luz Marina Romero de los Ríos, de 70 años, y escapó. Al señor lo llevaron hasta la Sijín para identificarlo.
Una concejal de un municipio caldense, que vio la situación, le dijo a LA PATRIA: "Estábamos parqueados en el carril izquierdo y él salió del derecho e hizo el giro indebido y ahí atropelló la señora. Dio reversa y se fugó sin importarle y sin auxiliar la adulta mayor".
Así pasó
- En la tarde de ayer jueves, un taxi arrolló a una mujer, de 70 años, en la carrera 22 con calle 21. Dio reversa y huyó del sitio.
- -Fue alcanzado por la Policía en la calle 21 con carrera 24. Les tiró el carro a los uniformados y se subió a un andén. No quiso abrir y tuvieron que romper el vidrio del lado del conductor.
-Se negó a identificarse y tuvieron que llevarlo a la Sijín para individualizarlo y hacerle prueba de alcoholemia.
-LA PATRIA conoció que la prueba salió negativa. Se desconoce el por qué de su comportamiento.
-Se analiza si queda vinculado a un proceso penal. El taxista no registra antecedentes.
-Sí tiene en el SIMIT que debe $4 millones 575 mil 482 por cinco comparendos. 4 fueron ayer por no tener licencia, pasar semáforo en rojo, no portar placa y maniobras peligrosas.
Tenía una del 2022, pero en moto, por no acatar las señales de tránsito o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito.
¿Qué pasa en estos casos?
- -Cuando se atropella o lesiona a alguien con un vehículo, se incurre en lesiones culposas.
- -Si el afectado muere, se habla de homicidio culposo. El delito se agrava cuando se causa en estado de embriaguez, bajo el efecto de sustancias alucinógenas o se abandona sin justa causa el sitio del accidente (fuga).
- -Para el homicidio culposo, según el artículo 109 del Código Penal, la pena mínima es de 32 meses y, la máxima, de nueve años. Se prohíbe conducir vehículos entre cuatro y siete años y medio.
- -Para las lesiones, depende de la gravedad de las heridas, que dictamina Medicina Legal. Por ejemplo, si produce deformidad permanente, la pena mínima es de 32 meses, pero queda en 6 meses y 12 días, porque el delito se comete de manera culposa (sin intención) y se rebaja las cuatro quintas partes. También se habla del delito de omisión de socorro.
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