Una equivocación del abogado hizo perder la reparación

Foto tomada de Google Street

En la vía Honda-Puerto Boyacá ocurrió el accidente.

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Sin el familiar y sin la reparación por cuenta del proceso penal quedaron los parientes de una víctima de accidente de tránsito, ocurrida hace ya 12 años en jurisdicción de Puerto Boyacá.

Los procesos por homicidio culposo tienden a durar más porque en ningún momento se compromete la libertad del eventual condenado. Además están de por medio los terceros: las aseguradoras, que litigan en favor del encartado.

Los hechos ocurrieron el 23 de diciembre de 2010, sobre la vía que de Honda conduce al Río Ermitaño, Troncal del Magdalena medio, sobre la recta, en el kilómetro 133+400 metros. En ese punto colisionó un furgón con un tractocamión que se encontraba estacionado, mientras su conductor cambiaba una llanta averiada. El primero se movilizaba con un acompañante.

La víctima fue precisamente este, identificado como Jairo Humberto Martínez Bernal. El informe de la Policía de Tránsito indicó dos hipótesis. Una, falta de señalización del tractocamión estacionado. Dos, imprudencia en el manejo del furgón.

Decisiones

A los conductores de ambos camiones los condenaron en primera instancia en junio de 2017, pero en decisión de segunda, en agosto de 2019, el Tribunal Superior de Manizales absolvió al conductor del tractocamión y confirmó la sentencia contra el del furgón, en el que también viajaba la víctima.

La defensa del conductor condenado acudió a la Corte Suprema de Justicia, pero la Sala de Casación Penal declaró desierto el recurso extraordinario porque no se interpuso la demanda a tiempo.

La firmeza del fallo se dio el 31 de octubre de 2019. Sin embargo, el representante de las víctimas presentó la solicitud de reparación el 18 de diciembre del mismo año. El juzgado de conocimiento determinó que la audiencia relacionada con el incidente de reparación integral no se debía realizar, como lo pidió la apoderada de la aseguradora, quien indicó que la solicitud de las víctimas no se hizo a tiempo.

El despacho explicó que el término para que el apoderado de víctimas solicitara el incidente de reparación integral transcurrió entre el 1º de noviembre y el 16 de diciembre de 2019.

Según la decisión del Tribunal Superior de Manizales, el abogado de víctimas se equivocó al interpretar el momento en que empezaban a correr los términos para presentar la solicitud de reparación integral.

La cifra

12 años han pasado desde que ocurrió el accidente.

El dato

El incidente de reparación integral no es el único recurso que tienen las víctimas para obtener una indemnización. También lo pueden hacer en un proceso civil.

 

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