A la joven la sancionaron por tener bazuco. Por esos hechos, la mujer terminó involucrada en falso testimonio.

Foto | Archivo | LA PATRIA

A la joven la sancionaron por tener bazuco. Por esos hechos, la mujer terminó involucrada en falso testimonio.

Una mentira le salió cara a Sandra, amiga de una adolescente sorprendida con estupefacientes. Por intentar defenderla con un falso testimonio, terminó enredada ante la justicia y condenada a pagar 6 años de prisión.

Ante el Juzgado Promiscuo de Familia de Chinchiná se llevó a cabo el juicio contra la menor y su testigo fue la mujer, a quien escucharon en audiencia de juicio oral del 22 de septiembre del 2016.

Aseguró que vio cuando a la joven la abordaron unos policías en vía pública, la obligaron a quitarse los zapatos, la requisaron y le ordenaron entrar a una vivienda, de la que salió aprehendida.

Contrario a eso, las autoridades manifestaron que se trató de un allanamiento efectuado en el 2015 a una vivienda en el barrio Las Colinas, del corregimiento de Arauca (Palestina), en donde encontraron a la menor y a otros dos adultos con alucinógenos en su poder.

Por esos hechos la hallaron responsable de tráfico de estupefacientes. Según se explicó, una patrullera que se encargó de requisarla, le halló en su poder unas dosis de bazuco.

 

De testigo a señalada

En consecuencia, el 23 de julio del 2019, ante el Juzgado Cuarto Promiscuo Municipal de Chinchiná se llevó a cabo la formulación de imputación a Sandra por falso testimonio, negó cargos y le otorgaron la libertad.

Luego, ante la llegada de la pandemia se debió aplazar el proceso, hasta que en abril del 2022 finalizó el juicio oral y la declararon responsable. En mayo se dictó sentencia y la condenaron a 6 años de prisión.

"Hubo en la testigo un intento de engaño del funcionario judicial -sin que fuera menester que lo lograra para la configuración del delito- para lo cual se valió de una versión con la que no sólo intentó sacar bien librada a la menor infractora, sino que además denigró del proceder policial", explicó el Tribunal Superior de Manizales.

Además se dedujo que en la sentencia de primera instancia se mostró el ánimo doloso de la testigo al intentar engañar al juez, valiéndose de mentiras. Sin embargo, le permitieron contar con la detención domiciliaria.

La defensa apeló y argumentó que el debate se centró en lo que ocurrió al interior de la vivienda allanada, además de que la menor entregó voluntariamente el estupefaciente, situación que Sandra dijo desconocer y solo se refirió a que vio a la joven con unos guayos.

Añadió que su defendida solo habló de una algarabía, la requisa y la aprehensión, sin entrar en detalles, por lo que no pretendía engañar a la justicia, además porque no se afectó la administración de justicia. Por eso, solicitó la segunda instancia.

 

Encontró intención de mentir

El Tribunal Superior de Manizales expuso: "Podemos predicar que al testificar en su momento la aquí procesada que observó cuando los policías abordaron a la adolescente Liliana mientras se movilizaba en vía pública, y que no fue encontrada en el inmueble allanado, sino ingresada, ha incurrido en una alteración del curso de los hechos".

Especificó que en la evaluación del testimonio se notó la intención deliberada por favorecer a la menor, a quien conocía por ser amiga de su hija. Ante lo dicho por el abogado, se denotaba que ofrecer una versión y desconocer lo que ocurrió en la residencia, tenía como objetivo ofrecer una tesis alterna de los hechos.

"Ha sido unívoca e inequívoca en plantear que a la menor la plantaron en la escena de la captura, pues no de otro modo puede interpretarse que la abordaron, la requisaron y la entraron a la casa materia de allanamiento. Este no es un aspecto menor, ni independiente, sino relevante y concatenado a la aprehensión, por lo que era potencialmente definitorio", añadió la Sala Penal.

Al estudiar el caso y notar un testimonio parcializado, se verificó que atentó contra la eficaz y recta impartición de justicia, dado que se ratificó en lo dicho, sin ser testigo del allanamiento, y en consecuencia se confirmó la sentencia de 6 años.

 

El delito del falso testimonio

El que en actuación judicial o administrativa, bajo la gravedad del juramento ante autoridad competente, falte a la verdad o la calle total o parcialmente, incurrirá en prisión de 6 a 12 años.


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