El accidente ocurrió cerca de la iglesia de La Cumbre, luego de que la víctima recibió la santa ceniza.

Foto | LA PATRIA

El accidente ocurrió cerca de la iglesia de La Cumbre, luego de que la víctima recibió la santa ceniza.

Frente a la iglesia del barrio La Cumbre, de Manizales, un carro particular atropelló el 1 de marzo del 2017 a una mujer, en el momento que cruzaba la calle junto a su nieta, de 3 años. La víctima recibió una incapacidad de 50 días y terminó con una limitación física en el brazo derecho.

Transcurría el día de la Santa Ceniza, a las 10:50 de la mañana aproximadamente, cuando la conductora ascendió a su vehículo, dio marcha adelante, pero de repente, retrocedió y provocó el accidente.

Según el Código Nacional de Tránsito, la causante incumplió cinco artículos, lo que desencadenó en un proceso judicial por lesiones personales culposas. El 15 de febrero del 2022, la Fiscalía le formuló cargos a Claudia Milena Murillo Quintero, quien los negó.

Entre el 15 de febrero y el 10 de septiembre del 2024, ante el Juzgado Décimo Penal Municipal con Función de Conocimiento se efectuó el juicio oral y la condenaron a 12 meses y 27 días y una multa de $5 millones 700 mil, además de prohibirle conducir durante 20 meses y 22 días.

Sin embargo, por el monto de la pena, le otorgaron la suspensión condicional de la pena de prisión y de la prohibición, con un periodo de prueba de 2 años. Su defensa apeló y el Tribunal Superior decidió confirmar la sentencia en segunda instancia.

 

Testigos del accidente fueron claves

Según la juez, la víctima contó con detalles y de manera hilada lo que ocurrió. Manifestó que debe usar un bastón para caminar, a causa de una enfermedad de su niñez, pero eso no ha evitado que desarrolle una vida normal.

Su testimonio también concordó con los de dos hombres que presenciaron el accidente desde un paradero de buses cercano, que narraron la maniobra peligrosa, además fueron quienes socorrieron inicialmente a la afectada y hasta tomaron fotos del siniestro.

La defensa intentó demostrar que la lesionada, a causa de su avanzada edad, debía estar acompañada de una persona mayor de 16 años para circular por la calle, pero para la juez, esto no libraba a Murillo Quintero por conducir sin precaución al dar marcha atrás.

El Tribunal terminó respaldando la decisión de primera instancia, no solo por los testimonios que demostraron la responsabilidad de la señalada, sino también porque se notó que no tuvo precaución al retroceder, no solo por ser una maniobra restringida, sino también por no cerciorarse con los espejos.

 

Le pidió que desistiera de la denuncia

La víctima narró que la mujer que la atropelló, la acompañó hasta su casa por los documentos y luego la llevó al hospital, en donde le practicaron la cirugía.

Estuvo pendiente de su salud y le pagó los pasajes para asistir a citas y terapias, pero la relación cordial se dañó cuando la conducta le insinuó que desistiera de la denuncia.

 


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