Convocatoria
JEP convoca a víctimas de violencia sexual y otras violencias basadas en el género en el marco del conflicto armado, a acreditarse para participar en el Caso 11 .
La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad reitera este llamado en el Día Nacional por la Dignidad de las Víctimas de Violencia Sexual en el conflicto armado.
La JEP ha enfatizado en la necesidad de robustecer la información sobre los hechos a investigar. Las voces de las víctimas son fundamentales en ese propósito.
El Caso 11 investiga la ‘Violencia basada en género, violencia sexual, violencia reproductiva, y otros crímenes cometidos por prejuicio basados en la orientación sexual, la expresión y/o identidad de género diversa en el marco del conflicto armado colombiano.
Los informes recibidos por la JEP permitieron identificar que, entre 1957 y 2016, se registraron 35.178 víctimas de hechos de violencia sexual de parte de todos los actores del conflicto.
La investigación de este tipo de violencias ha sido un mandato transversal en la Jurisdicción y estas seguirán siendo abordadas en los otros macrocasos abiertos, como parte de los patrones y dinámicas nacionales y territoriales que se han identificado en el marco de los mismos.
Con la apertura del Caso 11, la JEP ha fortalecido sus esfuerzos por atender las necesidades particulares de las víctimas de violencias de género y por prejuicio, y ha puesto un foco especial en la intención discriminatoria detrás de estas conductas.
Con esto, busca profundizar en las dinámicas de la guerra que reflejan y multiplican las condiciones estructurales de desigualdad y violencia que históricamente han afectado a mujeres, niñas y personas con orientación sexual, identidad o expresión de género diversas.
Hoy reconocemos la valentía y el liderazgo de las colombianas y colombianos que persisten en la búsqueda de verdad y justicia para que se prevengan, visibilicen y sancionen estas conductas.
La JEP abraza los esfuerzos de las víctimas individuales y colectivas por acercarse a esta institución, compartir sus historias de vida y participar en los diferentes macrocasos abiertos que desde el 2018 avanzan en la investigación e imputación de responsabilidad a comparecientes por estas conductas. Asimismo, reconoce la importancia de la labor de acompañamiento que realizan las organizaciones de la sociedad civil, especialmente, las organizaciones de mujeres y aquellas que trabajan por la defensa de los derechos de las personas con orientación sexual, identidad o expresión de género diversas (OSIEGD).
Precisamente, con base en los informes presentados por las organizaciones de sociedad civil y las entidades del Estado, durante la etapa de agrupación y concentración de información, la JEP pudo identificar 35.178 víctimas de violencia sexual, perpetradas por todos los actores del conflicto armado.
De 971 informes recibidos en dicha etapa, al menos 80 cuentan con reportes de hechos que se enmarcan en la competencia del Caso 11.
Sin embargo, el Grupo de Análisis de la Información (GRAI) de la JEP ha señalado que, en relación con un importante número de estos reportes, se requiere robustecer información sobre aspectos claves como la etnia de las víctimas, su orientación sexual, identidad y/o expresión de género, y sobre los grupos armados a los que pertenecían los agresores, entre otros.
Un ejemplo de ello es que en el 78% de los registros no se cuenta con datos sobre la pertenencia étnica de la víctima.
¿Quiénes pueden acreditarse en el Caso 11?
Todas aquellas personas que hayan sufrido hechos de violencia sexual, violencia reproductiva, u otros hechos que se hayan cometido en razón de su género, orientación sexual, identidad o expresión de género. Puede tratarse de personas pertenecientes a la población civil que sufrieron estos hechos, o bien, quienes haciendo parte de las antiguas Farc-EP o de la Fuerza Pública padecieron estas violencias a manos de sus propios compañeros de filas.
Pueden acreditarse quienes hayan sufrido estos hechos directamente sobre su persona, al igual que sus familiares y allegados, quienes también se ven afectados por los mismos.
Los hechos victimizantes deben haber sido cometidos por antiguos miembros de las FarcEP, miembros de la Fuerza Pública o agentes del Estado con ocasión del conflicto armado colombiano antes del 1 de diciembre del 2016.
Las víctimas pueden presentar solicitudes de acreditación por hechos ocurridos en cualquier parte del territorio nacional.
La Secretaría Ejecutiva de la JEP brindará acompañamiento psicosocial y jurídico especializado con enfoque de género a víctimas y comparecientes y buscará asegurar condiciones adecuadas para su participación.
De igual forma, se adoptarán medidas de prevención y protección para salvaguardar su seguridad.
¿Cómo acreditarse?
La JEP ha dispuesto diversos canales de comunicación para que las víctimas puedan recibir asesoría y orientación para acreditarse en el Caso 11:
• Diligenciar el formulario F1 para acreditarse ya sea de manera individual (CLIC AQUÍ) o colectiva (CLIC AQUÍ).
• También, puede enviarse un documento que contenga la manifestación de ser acreditada junto con el relato de los hechos, a través del correo: info@jep.gov.co.
• Finalmente, pueden hacerlo de manera presencial en nuestras Oficinas de Atención y equipos territoriales (Ver Despliegue nacional de la JEP).
Cuando una víctima es acreditada, adquiere la calidad de interviniente especial ante la JEP.
Esto le permite participar en todas las fases del proceso judicial e incidir en las decisiones que se adoptan.
Es decir, le permite recibir información, aportar pruebas, participar en las diligencias judiciales, interponer recursos cuando no estén de acuerdo con las decisiones tomadas en el proceso, presentar observaciones a las versiones de los comparecientes, recibir acompañamiento psicosocial, representación legal y protección, y presentar observaciones sobre los proyectos restaurativos.
Adicionalmente, las víctimas de violencias de género tienen el derecho a no ser confrontadas con su agresor.