Un juez en Manizales ordenó a Meta eliminar publicaciones de Facebook que vulneran el buen nombre de un joven señalado sin pruebas.

Foto | Luis David Patiño | LA PATRIA

Por orden judicial Meta debe eliminar, de su red social Facebook, los señalamientos contra un joven manizaleño al que acusan de golpear en un pogo del Grita Fest 2025, a un miembro de la comunidad LGTBI+.

El Juzgado Quinto Penal Municipal con funciones de Control de Garantías de Manizales ordenó a Meta Platforms —empresa matriz de Facebook— eliminar en un plazo de 10 días hábiles todas las publicaciones que señalan a un joven manizaleño de presunta agresión durante el evento Grita Fest 2025, celebrado el pasado cumpleaños de Manizales.
El plazo se cumple este lunes 24 de noviembre, fecha límite para que la compañía retire los contenidos.

La decisión judicial se deriva de una acción de tutela presentada por Galeano, representado por la abogada Natalia Ocampo, de la firma Ocampo y Arroyave Abogados, quien explicó que la viralización de la denuncia en Facebook “vulneró el buen nombre, la honra y la integridad personal” de su defendido.

Según Ocampo, la acusación difundida en redes incluía su nombre completo, número de identificación y fotografías, algunas tomadas durante el momento en que la Policía le pidió sus datos.

“La información fue replicada masivamente en grupos de Facebook con miles de miembros y generó amenazas, daños económicos y cuestionamientos incluso dentro de su familia”, afirmó.

Un fallo que marca precedente local

El juez Carlos Andrés Naranjo Arboleda, al emitir el fallo, destacó que si bien el escrache —la denuncia pública a través de redes sociales— es un mecanismo de expresión legítimo, tiene límites cuando afecta derechos fundamentales.

“El escrache (protesta pública que consiste en denunciar y hacer pública la responsabilidad de una persona) no puede convertirse en un vehículo de odio, linchamiento digital o riesgo para la vida de una persona”, se lee en la providencia.

Por ello, ordenó a Meta retirar publicaciones provenientes de perfiles específicos y administradores de grupos públicos como “Manizales sin censura” y “Manizales Gay”.
El juez también aclaró que ni la Alcaldía de Manizales, ni la SIC, ni el Ministerio TIC, ni Facebook Colombia tuvieron responsabilidad en la vulneración de derechos y por tanto fueron desvinculados del proceso.

La complejidad de notificar a Meta

Durante el proceso, el despacho solicitó al Ministerio TIC gestionar un mecanismo para notificar a Meta. Esto debido a que, pese a un fallo anterior de la Corte Constitucional en el caso de la actriz Esperanza Gómez, la compañía aún no ha habilitado en Colombia el correo oficial para notificaciones judiciales, obligación que permanece en mora.

“Ha sido difícil para cualquier ciudadano llegar a Meta cuando se trata de quejas o solicitudes judiciales, a diferencia de los canales disponibles para publicidad”, señaló Ocampo.

El origen del caso

El hecho que detonó la polémica ocurrió durante un pogo en el concierto Gritar Rock. Una persona aseguró haber sido golpeada por Galeano y publicó la denuncia en redes.
Sin embargo, según la abogada, no existe proceso penal o disciplinario en curso contra él, y la Policía solo verificó su identidad el día del evento.“La denuncia se hizo viral con información tergiversada y fotos fuera de contexto. Esto afectó su actividad económica, su imagen y su tranquilidad”, sostuvo Ocampo.

Si la plataforma no cumple la orden antes del lunes, la parte accionante podrá solicitar un incidente de desacato, lo que podría acarrear multas y arresto para el representante legal de la compañía en Colombia, según expone la abogada.

 

Entidades que han advertido sobre riesgos de la desinformación

Diversas instituciones en Colombia han alertado sobre la necesidad de preservar el buen nombre en entornos digitales:

  • Corte Constitucional: Reitera que la libertad de expresión no ampara discursos de odio ni publicaciones que pongan en riesgo la vida o integridad de terceros. El caso Esperanza Gómez (Sentencia T-042 de 2023) ordenó a Meta mejorar sus mecanismos de atención judicial.

  • Superintendencia de Industria y Comercio: En informes sobre protección de datos recuerda que la divulgación de información personal sin autorización puede constituir violación al habeas data.

  • MinTIC: Promueve lineamientos sobre convivencia digital y enfatiza que redes como Facebook o X no son tribunales morales para señalar sin pruebas.

  • Policía Nacional (Ciberpatrullaje): Advierte que la difamación y la injuria en redes sociales son delitos denunciables penalmente.

¿Cómo evitar caer en difamación o discurso de odio en redes?

1. Verifique antes de publicar
No comparta denuncias sin evidencia verificable o sin confirmar la fuente.

2. Proteja la identidad de terceros
No difunda nombres, fotos o datos personales de personas no condenadas.

3. Evite juicios anticipados
No convierta redes sociales en tribunales. La justicia formal debe resolver los casos.

4. No comparta contenido motivado por odio
Los mensajes que inciten violencia, discriminación o linchamiento digital pueden ser sancionados.

5. Consulte canales oficiales
Antes de “escrachar”, acuda a autoridades competentes o denuncie por vías legales.

6. Piense en las consecuencias
Una publicación puede afectar la vida laboral, emocional y familiar de una persona.

7. Revise las políticas de la plataforma
Facebook, X e Instagram tienen términos que prohíben la difusión de información falsa o dañina.

 


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