La Seccional de Asonal Judicial en Caldas denunció a un juez de La Dorada porque no laboró entre el 22 de diciembre del 2014 y el 5 de enero del 2015, cuando solo tenía permiso para ausentarse por tres días hábiles.
De acuerdo con la queja, el togado les ordenó a sus empleados que le enviaran por Internet los documentos, que posteriormente escanearía y los regresaba al Centro de Servicios para su notificación.
Se indicó que ademas que efectuó vuelos entre Manizales, Bogotá y Bucaramanga. En entrevista a un funcionario del señalado, este sostuvo que todos los proyectos de los procesos y de las tutelas que estaban pendiente por resolver, se debían montar en una carpeta compartida, pues pretendía pasar Navidad con su familia.
Así mismo, les solicitó a sus compañeros de despacho que si recibían llamadas del Tribunal o de la Sala Administrativa, indicaran que estaba en una diligencia judicial en la cárcel de La Dorada.
Su firma digital se usó en 17 proyectos de tutela, también se detectaron 18 casos relacionados con fallos de tutela y 2 referidos a temas de libertad, y con el análisis de la fecha se comprobó que el funcionario no estaba en la ciudad.
Absuelto en juicio
Entre julio del 2019 y septiembre del 2022 se llevó a cabo el juicio ante el Tribunal Superior de Manizales que absolvió al juez. Indicó que si bien, el procesado no estuvo presente en su oficina durante horario laboral, dos testigos lo ubicaron los días 29 y 31 de diciembre.
Justificó la ausencia en otros días a problemas gastrointestinales que debido a las malas condiciones de las instalaciones, el señalado prefería laborar en horario nocturno. Y aunque había tiquetes aéreos a su nombre, esto no quiere decir que los hubiera usado él.
Frente a los informes de grafología y documentología, las firmas efectivamente eran digitales, pero obedecían a una forma de trabajar que trató de implementar el ciudadano, y sobre las providencias firmadas no se encontraron irregularidades.
Apelaron ante la Corte
La Fiscalía respondió que aunque el juez sí pudo haber estado probablemente el 29 de diciembre en su despacho, un entrevistado indicó que este viajó a Manizales con el objetivo de abordar un vuelo a Bucaramanga.
A eso se sumaron otros dos testimonios de funcionarios que indicaron que el 31 de diciembre se evidenció también la ausencia a causa del viaje, y no hubo pruebas de que hubiera estado en La Dorada en las fechas cuestionadas.
"El doctor les indicó que debían hacer para incorporar los proyectos de sentencias de tutelas y demás documentos que fueron firmados por firma escaneada, por encontrarse el titular del despacho en lugar distinto a la sede territorial", narró el ente acusador.
Por estas razones solicitó la condena contra el juez por falsedad ideológica en documento público, lo que encontró apoyo en la defensa de la víctima. El caso pasó a la Corte Suprema de Justicia.
Corte confirma absolución
Según la Corte Suprema, la impugnación no hizo referencia a si el juez no estuvo presente en su despacho entre el 22 de diciembre del 2014 y el 5 de enero del 2015, por lo que no fue objeto de discusión.
Sobre si esta persona estuvo presente en La Dorada durante la emisión de las sentencias de tutela, un auto interlocutorio y una boleta de libertad y eso se tradujo en una falsedad, concluyó que tampoco se presentó.
Puntualizó que si bien es cierto que el funcionario no estuvo en su despacho, a causa de sus problemas de salud, no se comprobó que no estuviera en el municipio y su actuación se debió más probablemente a que no quería importunar a otros funcionarios.
La Corte sentenció que las providencias firmadas no presentaron irregularidades y cabría más bien el delito del prevaricato por acción, si el funcionario mintió acerca del lugar donde estaba. Aunque tampoco tiene lugar, dado que la legalidad no fue algo que se discutió en el asunto.
El delito
De acuerdo con el Código Penal, el servidor público que en ejercicio de sus funciones, al extender documento público que pueda servir de prueba, consigne una falsedad o calle total o parcialmente la verdad, incurrirá en prisión de 5 años y 4 meses hasta 12 años.
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