Un trágico suceso enluta a las Fuerzas Militares en la región del Magdalena Medio, luego de que se confirmó el sensible fallecimiento de un suboficial activo de la Fuerza Aeroespacial Colombiana tras verse involucrado en un fatal accidente en las vías del departamento de Caldas, antes de la medianoche de este sábado (6 de junio).
La víctima es el técnico cuarto Diego Armando Gómez Lombana, quien se encontraba adscrito y prestaba sus servicios en la base militar del Comando Aéreo de Combate Número 1, ubicada en el vecino municipio de Puerto Salgar, Cundinamarca.

De acuerdo con los reportes preliminares entregados por las autoridades que atendieron la emergencia, el hecho se registró aproximadamente a la medianoche. El militar se accidentó cuando transitaba por el sector de la variante que hace parte de la autopista nacional Bogotá - Medellín, en jurisdicción del municipio de La Dorada.
Tras presentarse la emergencia vial, los organismos de socorro acudieron al lugar de los hechos y lograron auxiliar a Gómez Lombana. Aún con signos vitales, el suboficial resultó trasladado de urgencia hacia un centro asistencial ubicado en el casco urbano de La Dorada para recibir atención médica especializada.

Lamentablemente, minutos después de su ingreso al centro médico, los galenos de turno confirmaron su deceso debido a la gravedad de las lesiones sufridas durante el impacto.
Las autoridades de tránsito adelantan las respectivas investigaciones para determinar con exactitud las causas y la dinámica que originaron este fatal accidente en el corredor vial.
Recomendaciones de la ANSV para motociclistas
- - Respetar las normas de tránsito en especial las relacionadas con la velocidad, transitando así a una velocidad segura y adecuada al contexto.
- - No realizar acciones temerarias con el objetivo de incitar a otros usuarios de motocicleta a realizarlas.
- - Hacer uso adecuado de las luces direccionales y un cambio de luces de la farola delantera para advertir el adelantamiento.
- - Hacer uso del conjunto óptico de la motocicleta y de prendas reflectivas de acuerdo con lo establecido en el artículo 96 de la Ley 769 del 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre.
- - Respetar el sentido de las vías.
- - No invadir el carril por el cual circula otro motociclista.
- - No realizar adelantamientos prohibidos entre vehículos
- - Utilizar señales (Corporales, sonoras, lumínicas) que advierten a otros motociclistas sobre situaciones presentes en la vía.
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