Foto | Cortesía Policía de Caldas | LA PATRIA
Los dos capturados podrían pagar penas de prisión de 9 a 12 años.
Integrantes del Grupo de Operaciones Especiales (Goes) y patrullas de vigilancia de la Policía de Caldas capturaron en flagrancia a dos sujetos por porte ilegal de armas de fuego, mientras se llevaban a cabo controles en zonas rurales.
El primer procedimiento se efectuó en el corregimiento de Pueblo Nuevo, en Pensilvania, en el sector La Marranera, en la carretera que comunica con Nariño (Antioquia).
Por el sitio transitaba un hombre, de 48 años, a quien notaron con una actitud sospechosa, lo abordaron y tras requisarlo, le hallaron una pistola calibre 7.65 con un proveedor y munición.
El segundo ocurrió en la vereda Dosquebradas, de Manzanares, en la vía a Petaqueros. Allí sorprendieron a otro ciudadano, de 38 años, con un revólver en su poder y también lo capturaron.
Ninguno de los detenidos contaba con permiso y quedaron en manos de la Fiscalía, para que respondan por porte ilegal de armas de fuego, que da penas de 9 a 12 años de prisión.

Lo que dice el Código Penal
El que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas de fuego de defensa personal, sus partes esenciales, accesorios esenciales o municiones, incurrirá en prisión de 9 a 12 años
En la misma pena incurrirá cuando se trate de armas de fuego de fabricación hechiza o artesanal, salvo las escopetas de fisto en zonas rurales.
La pena anteriormente dispuesta se duplicará cuando la conducta se cometa en las siguientes circunstancias:
1. Utilizando medios motorizados.
2. Cuando el arma provenga de un delito.
3. Cuando se oponga resistencia en forma violenta a los requerimientos de las autoridades.
4. Cuando se empleen máscaras o elementos similares que sirvan para ocultar la identidad o la dificulten.
5. Obrar en coparticipación criminal.
6. Cuando las armas o municiones hayan sido modificadas en sus características de fabricación u origen, que aumenten su letalidad.
7. Cuando la conducta sea desarrollada dentro de los territorios que conforman la cobertura geográfica de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).
8. Cuando el autor pertenezca o haga parte de un grupo de delincuencia organizado.
Haga clic aquí y encuentre más información de LA PATRIA.
Síganos en Facebook, Instagram, YouTube, X, Spotify, TikTok y en nuestro canal de WhatsApp, para que reciba noticias de última hora y más contenidos.