Foto usada para ilustrar Freepik| LA PATRIA  El Juzgado y el Tribunal declararon responsable al Hospital "por falla probada del servicio durante la fase expulsiva del parto, reanimación con intubación fallida y remisión tardía".

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El Juzgado y el Tribunal declararon responsable al Hospital "por falla probada del servicio durante la fase expulsiva del parto, reanimación con intubación fallida y remisión tardía".

El Tribunal Administrativo de Caldas confirmó la condena contra el Hospital Felipe Suárez de Salamina por falla del servicio médico en la atención de un parto, mantuvo la absolución de la EPS SOS y de la Dirección Territorial de Salud de Caldas.

En este proceso de reparación directa fallado recientemente, el Tribunal verificó la responsabilidad de la entidad accionada por la presunta falla del servicio médico ocasionado por los daños a la salud a un menor de edad por el trabajo de parto realizado a su madre en el 2011.

La parte actora señaló que la accionante fue sometida a parto de alto riesgo, el niño nació con problemas de salud, se presentó sufrimiento fetal por la falta de oxígeno en el parto, hipoxia neonatal, con secuelas permanentes y lesiones gravísimas de tipo neurológico. El hospital señaló que la atención se ajustó a protocolos.

El Juzgado y el Tribunal declararon responsable al Hospital "por falla probada del servicio durante la fase expulsiva del parto, reanimación con intubación fallida y remisión tardía". Reconocieron perjuicios morales, daño a la salud y materiales a la menor y familiares. El embarazo requería manejo de alto riesgo, hubo falencias en la atención del expulsivo y en la reanimación neonatal, no se siguieron protocolos, concluyó.


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