Sucesos
13 Abr, 2026

Caldas: Tribunal descarta responsabilidad médica en muerte de paciente por problemas cardíacos

En Manizales, Pereira y Armenia no había para esa fecha cirujanos cardiovasculares, ya que se encontraban en un simposio en Santander, de manera que quedaron desprotegidos los tres departamentos para atender ese tipo de patologías.

Foto|Ilustración| LA PATRIA  La familia alegó falla del servicio médico por demoras y deficiencias en diagnóstico y remisión, lo que habría reducido oportunidades de supervivencia.

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La familia alegó falla del servicio médico por demoras y deficiencias en diagnóstico y remisión, lo que habría reducido oportunidades de supervivencia.

El Tribunal Administrativo de Caldas confirmó una sentencia de primera instancia dentro de un proceso que pretendía una condena por un servicio médico prestado y la muerte de un paciente. Se pedía reparación económica.

El demandante expresó que el paciente- familiar tuvo en el 2016 un fuerte dolor en el tórax, por lo que lo llevaron a urgencias y allí se determinó que tenía un problema en el corazón.

Lo internaron en el Hospital Santa Sofía, buscando un médico cardiólogo que le practicara el procedimiento requerido. Después de buscar durante varios días, finalmente lo remitieron a Barranquilla en avión, pero lastimosamente murió al llegar al aeropuerto de esta ciudad.

En Manizales, Pereira y Armenia no había para esa fecha cirujanos cardiovasculares, ya que se encontraban en un simposio en Santander, de manera que quedaron desprotegidos los tres departamentos para atender ese tipo de patologías.

La familia alegó falla del servicio médico por demoras y deficiencias en diagnóstico y remisión, lo que habría reducido oportunidades de supervivencia y pidió declarar responsabilidad solidaria de EPS Salud Vida, Servicios Especiales de Salud y el Hospital Santa Sofía, con indemnizaciones por daños morales y materiales. Señaló que la ausencia de especialistas y la remisión a una ciudad lejana incrementaron el riesgo.

Proceso

Las entidades demandadas señalaron lo siguiente. Servicios Especiales de Salud se opuso a las pretensiones, se dio una atención oportuna y se realizaron los trámites de remisión prioritaria una vez identificado el diagnóstico. El Hospital Departamental Santa Sofía recibió al paciente como urgencia para estabilizar y gestionar remisión, no contaba con cirugía vascular endovascular habilitada.

El Juzgado Séptimo Administrativo de Manizales, mediante sentencia, negó las pretensiones de la demanda, por cuanto no se acreditó que el paciente tuviera una oportunidad concreta de supervivencia o recuperación, como quiera que se trataba de una patología grave y las complicaciones que presentó no solo aparecieron rápidamente, sino que se tornaron irreversibles e irresistibles.

El Tribunal confirmó la providencia, al no demostrarse que la parte accionada incurrió en una falla en el servicio por acción u omisión en los hechos que dieron origen a esta demanda. "No se acreditó que el daño tuviera como causa eficaz y determinante la supuesta falla que se les endilgó a las demandadas".


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