El hombre atacó a la mujer con arma blanca. 

Foto | Archivo | LA PATRIA

El hombre atacó a la mujer con arma blanca. 

Miguel Eduardo Sánchez Peñuela, el 16 de diciembre del 2023, a las 3:25 a.m., llegó a una vivienda ubicada en la carrera 14B con calle 12, del barrio Sara López, del municipio de La Dorada.

El sujeto ingresó a una casa sin autorización. Allí se encontraban las hijas de la víctima, una de ellas menor de edad.

"El involucrado portaba un cuchillo que empleó para intimidarlas y amenazarlas. Por asuntos laborales, la señora no se encontraba en su domicilio, pero al llegar y acercarse a la vivienda, se percató de los gritos de auxilio de sus hijas. Entró de inmediato y comenzó a forcejear con el agresor, siendo lesionada con el cuchillo en tórax y abdomen, heridas que, gracias a la atención médica, y en especial al procedimiento de 'toracotomía cerrada a drenaje derecho', no desembocaron en su muerte", narró la Fiscalía.

Los vecinos intervinieron, golpearon al sujeto y ante la presencia en el sitio de los uniformados de la Policía Nacional, procedieron a capturarlo en situación de flagrancia.

 

El proceso

  1. El 17 de diciembre del 2023, ante el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de La Dorada, se llevó a cabo el control de legalidad de la captura, la cual fue avalada.
  2. A continuación, se desarrolló la formulación de imputación como autor de homicidio agravado tentado, en concurso con intimidación o amenaza con arma de fuego, elementos o dispositivos menos letales, armas de fuego hechizas y armas blancas. No aceptó y finalmente se le impuso medida de aseguramiento intramural.
  3. El 6 de mayo del 2024 se divulgó un pacto entre las partes. El convenio consistió en que Sánchez Peñuela  aceptaría su responsabilidad como autor de los delitos enrostrados, a cambio de que le fuera impuesta y solo para efectos punitivos la pena del cómplice, 164 meses de prisión: 140 por el hecho de sangre, más 24 por el otro delito.
  4. El juez le preguntó al señalado si aceptaba esa pena, sin hacerse acreedor a ningún subrogado ni sustituto. Convino la totalidad de los cargos.
  5. El 7 de junio del 2024 se llevó a cabo la audiencia de lectura de sentencia anticipada, pero la defensa apeló. Consideró que a Sánchez Peñuela se le violaron sus derechos al debido proceso, igualdad, y el principio de proporcionalidad de la pena, "en tanto que suscribió un preacuerdo que su defensor y el fiscal convinieron, sin entender los términos del mismo. Aludió que le fueron modificados los delitos imputados a la hora de condenarlo a actos sexuales con menor de catorce años, lesiones, intimidación y violación de habitación ajena, lo que afectaba la condena fijada".
  6. Además, que al momento de la captura se encontraba en un alto estado de embriaguez, despertando a los 2 días y sin conocer la casa en que se encontraba ni a las presuntas víctimas, así como tampoco la razón de su estancia en ese sitio. Así mismo, que el arma blanca que le fue descubierta no le pertenecía y que se perdieron sus pertenencias. Que al momento de ser capturado resultó golpeado y que perdió su visión a raíz de las contusiones que le propinaron.
  7. Explicó que por ello decidió no firmar el acta de derechos de capturado, más cuando le quebraron una costilla y fue atendido en salud 4 meses después, razón por la cual consideró que dadas esas irregularidades se debía declarar la nulidad de todo el proceso.
  8. El Tribunal Superior de Manizales dijo que no se advierte alguna vulneración del derecho fundamental al debido proceso, la retractación pura y simple no es de recibo en casos de activarse un mecanismo anticipado de responsabilidad y tampoco se postuló ni probó ningún vicio del consentimiento en la admisión de los cargos efectuada por el investigado. "La pena impuesta respetó el principio de legalidad".

 


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