Hay ideas que parecen inmunes a la crítica. “Fortalecer a la comunidad” es una de ellas. Y, en principio, suena bien: que juntas de acción comunal y organizaciones sociales como cabildos y resguardos participen en la ejecución de obras en sus propios territorios, generen empleo local y ayuden a resolver necesidades concretas. El propósito, en abstracto, es defendible. El problema aparece cuando una buena intención se convierte en un mal sistema de contratación.
En este gobierno se impulsó con fuerza la contratación de obras y convenios con este tipo de organizaciones. Algunas estimaciones periodísticas, construidas a partir de registros de Colombia Compra Eficiente, hablaron de montos superiores a los 30 billones de pesos, mientras que otras precisiones posteriores han sostenido que el valor sería menor. Pero, en realidad, el debate de fondo no depende de la cifra exacta.
Y, sin embargo, el balance disponible no invita al entusiasmo. La Contraloría General de la República ha advertido sobre la baja ejecución y el débil cumplimiento de una porción importante de estos convenios. Si, como se ha alertado, la ejecución efectiva y completa está por debajo del 20% en muchos casos, el país no puede refugiarse en la retórica de la participación para esquivar la pregunta esencial: ¿qué se hizo realmente con esos recursos?
Aquí conviene hacer una precisión jurídica importante. La discusión no es si las comunidades deben o no participar en el desarrollo de sus territorios. Por supuesto que deben. El problema es cómo se diseña esa participación. La Corte Constitucional, en la Sentencia C-033 de 2026, declaró inexequibles los artículos 100 y 101 del Plan Nacional de Desarrollo, que creaban las llamadas asociaciones público-populares y asociaciones de iniciativa público-popular. La razón de fondo es muy significativa: el Gobierno no puede, en nombre de la inclusión, abrir un carril excepcional de contratación que termine debilitando la libre competencia, la igualdad entre oferentes y la lógica misma de la contratación pública.
Este tipo de contratación con organizaciones sociales bien diseñada, bien acompañada y bien vigilada, podría servir para desarrollar capacidades locales, generar apropiación comunitaria y fortalecer tejido social.
Porque el verdadero fortalecimiento es ayudarle a construir capacidades para competir, ejecutar y responder con solvencia. Una organización social no se fortalece cuando se le usa como vehículo de improvisación política, sino cuando se le forma para actuar con estándares de transparencia, eficacia y responsabilidad.
Por eso el país no debería quedarse solo en el escándalo ni en la defensa ideológica. Lo serio sería estudiar qué casos sí funcionaron, bajo qué condiciones hubo cumplimiento, qué supervisión se ejerció, qué capacidades previas existían y qué lecciones pueden rescatarse. Si algunas experiencias dieron resultados, hay que aprender de ellas.
La comunidad no puede ser coartada para eludir reglas ni maquillaje moral para justificar malos resultados. Si la participación popular ha de ser una fuerza transformadora, debe demostrarlo con obras terminadas, cuentas claras y resultados verificables. Lo demás no es empoderamiento: es propaganda con presupuesto público.