La Ley 2208 del 2022 prometió ser un avance humanista: quien pagó su deuda penal no merece exclusión perpetua del trabajo digno. Ofrece incentivos fiscales y sellos para empleadores. Pero tras este discurso noble se esconde una fractura profunda del sistema sancionatorio que condena a miles a una muerte civil silenciosa.
Detrás de cada expediente hay vidas rotas, familias precarizadas, profesionales con décadas de experiencia convertidos en desempleados crónicos, niños que crecieron viendo la dignidad de sus padres pisoteada. No son números. Son personas que claman por coherencia jurídica y humanidad.
Considere a un servidor público que gobernó en tiempos de violencia extrema. En el 2011 suscribe preacuerdo: 48 meses de prisión e inhabilidad equivalente. Cumple. Pero la Procuraduría, por los mismos hechos, le impone inhabilidad disciplinaria por 20 años vigente hasta el 2032. 13 años después, con conducta impecable, sigue proscrito del sector público. Su familia paga el precio: hogar sin sustento digno, hijos que conocieron angustias económicas, dignidad humana en jaque permanente.
Esta no es excepción. Numerosos alcaldes cogobernaron bajo amenazas directas de guerrillas o paramilitares en territorios donde el Estado era ausente. Tomaron decisiones coaccionadas por el terror, pero hoy cargan solos el peso de un conflicto estatal. El Estado castiga; nunca asume su omisión protectora.
Aquí hiere el non bis in idem (Artículo 29 de la Constitución Política Colombiana: “Nadie podrá ser juzgado más de una vez por comisiones de los mismos hechos”): prohíbe juzgar dos veces por idénticos hechos, sujeto y bien jurídico protegido. La Corte Constitucional lo exige: sanciones superpuestas que se prolongan, desnaturalizan la resocialización. ¿Cómo justificar inhabilidad hasta el 2032 cuando los 48 meses penales ya protegieron la recta función pública? Es sanción cuasi perpetua disfrazada.
El sociólogo manizaleño Mauricio García Villegas lo desnuda en La eficacia simbólica del Derecho: “¿Por qué tanto Derecho si tanto no se cumple?” Respuesta demoledora: no busca eficacia, sino legitimar gobernantes. En América Latina, normas simbólicas generan expectativas sin tocar realidades. La Ley 2208 proclama dignidad, pero ignora inhabilidades que atan de pies y manos.
Es constitucionalismo aspiracional: constituciones nobles que prometen sin condiciones reales para cumplirlas. No basta legislar resocialización; debe desarmarse el aparato punitivo que la sabotea. Herramientas existen: excepción de inconstitucionalidad, control difuso, estándares interamericanos de proporcionalidad.
Para esas familias destrozadas, esos hijos que conocieron angustias económicas, esos alcaldes aterrorizados, la Ley 2208 es promesa etérea. El reto no es más leyes simbólicas, sino derogar inhabilidades desproporcionadas y honrar el non bis in idem real: no dos castigos por un error, no exclusión eterna tras resocialización.
Colombia debe elegir: ¿seguir castigando dos veces o garantizar segundas oportunidades vivas? Porque tras cada sanción hay personas que merecen renacer, familias que claman dignidad, un país que necesita recuperar la plenitud de sus ciudadanos. El derecho no puede ser consuelo retórico; debe ser garantía humana concreta.