En Manizales hay una madre llamada María que no ha dormido más de tres horas seguidas por muchos años. Cada noche vigila a su hijo, porque su epilepsia severa puede ser letal en cualquier momento. Ella trabajaba como vendedora ambulante. Cuando el cuidado de su hijo se hizo incompatible con el trabajo, eligió quedarse. Cuando pidió a la EPS un cuidador profesional, escuchó cuatro palabras que resumen el abandono estatal: “no hay presupuesto.” En otra casa vive Ana, ingeniera que renunció a su profesión hace una década para cuidar a su padre con retraso mental profundo. Cocina, limpia, baña, vigila permanentemente. No tiene contrato laboral. No está afiliada a pensión. Cuando su padre muera, quedará sin ahorros y sin futuro.
En las calles envejece don Jaime, un anciano de 87 años que come lo que una rifa le deja. Vive de la caridad disfrazada de solidaridad. Estas no son historias aisladas. Son la regla invisible: 3,3 millones de cuidadores sin remuneración en Colombia, el 70% mujeres, mientras el país sigue su marcha sin verlas.
Pero las leyes existen. En el 2023, el Congreso aprobó la Ley 2297, que reconoce derechos fundamentales: formación profesional, empleo digno, ingresos, protección en salud y pensión para los cuidadores. La Corte Constitucional refrendó esta decisión en las Sentencias T-011 y T-525 (2024-2025), estableciendo una orden contundente: “El derecho al cuidado no puede ejercerse a expensas de la dignidad del cuidador.” Esto no es una sugerencia. Es una obligación constitucional que vincula al Estado. Pero una ley sin presupuesto es apenas papel. Por eso el 14 de febrero del 2025 el Consejo Nacional de Política Económica y Social aprobó el CONPES 4143, la Política Nacional de Cuidado. Este documento asigna $25.655 billones, designa 35 entidades responsables de ejecutar 133 acciones concretas, establece cronogramas y mecanismos de seguimiento hasta el 2034. Implementa cuatro transformaciones clave: reconocimiento del cuidado comunitario, derechos efectivos para cuidadores, cambio cultural (demostrando que cuidado no es solo “trabajo de mujeres”), y un Sistema de Información del Cuidado que permite rendición de cuentas territorial verificable.
Para María significa acceso a un cuidador profesional certificado por el Sena, unidades móviles de respiro familiar que llegarían a Manizales permitiéndole dormir finalmente más de tres horas seguidas. Para Ana significa certificación laboral como cuidadora profesional, acceso a formación que le aumente autonomía económica, y protección pensional retroactiva que reconozca sus años de trabajo invisible. Para don Jaime significa protección garantizada en salud, acceso a servicios comunitarios de cuidado, y el fin de depender de rifas para comer. No es una aspiración vaga. Es una obligación que el Estado puede y debe cumplir.
¿Tendrán autoridades locales y EPS el valor de aplicar estas leyes, o seguirán diciéndole a María “no hay presupuesto”? Los 3,3 millones de cuidadores sin remuneración en Colombia no piden favores ni caridad. Piden lo que la ley garantiza. Imploro que tengan valor para cumplir. Sin esperar a que María pierda más sueño. Sin permitir que Ana envejezca sin pensión. Sin resignarse a que don Jaime dependa de rifas.
Cuidar no debe ser sacrificio invisibilizado. Debe ser derecho protegido, financiado y evaluado por instituciones públicas. Por cada cuidadora y cuidador que sostiene la vida ajena mientras la suya se consume en silencio.