“La forma como fue presentada la información lleva a concluir que el medio accionado observó los estándares mínimos del ejercicio periodístico sin traspasar la línea del derecho al buen nombre del accionante”.
Donde dice medio accionado, léase LA PATRIA, y donde se escribe accionante se refiere al representante a la Cámara Santiago Osorio Marín.
El político del Partido Verde y del Pacto Histórico interpuso una acción de tutela contra El periódico de casa en busca de que este rectificara la noticia en la que se menciona una investigación realizada y divulgada por la revista Semana.
El Tribunal reconoció que la información difundida por LA PATRIA dio crédito al origen de la investigación (la revista Semana), respetó la presunción de inocencia del político caldense, sin que se advierta un lenguaje denigrante, ofensivo o encaminado a menoscabar su patrimonio moral.
El político petrista Santiago Osorio Marín interpuso la acción contra el medio y contra su director, Fernando-Alonso Ramírez, y además de la rectificación alegaba que se había afectado su buen nombre y su honra.
Según él, la noticia de lapatria.com “Denuncia de Semana señala a un congresista caldense por presunto acoso laboral y presiones políticas”, tenía que haber sido contrastada y verificada. Lo que encontró curioso el juez de primera instancia y que ratificó el Tribunal, en segunda, es que el congresista no le hubiera hecho solicitud de rectificación a la revista Semana, donde se originó la información.
Al señor Osorio, un periodista de LA PATRIA lo requirió después de la publicación para que se refiriera a ella, pero se abstuvo. No obstante, envió un escrito de solicitud de rectificación al medio, que fue respondido por la Dirección del periódico durante el trámite de la tutela con la negativa de rectificar porque no halló justificación para ello y ofreciendo la opción de que si Semana corrige o rectifica, se informaría de ello.
El Tribunal, con ponencia de la magistrada Sofy Soraya Mosquera Motoa, decidió darle la razón al medio de comunicación el 27 de mayo de 2026, confirmando lo que ya había decidido el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Manizales.
Como lo contempla la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip), en el documento Ruta de defensa contra el acoso judicial: “Tanto la jurisprudencia de la Corte Constitucional como la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos han reconocido que los discursos emitidos sobre personas que ostentan cargos públicos (o que tienen proyección pública) se encuentran especialmente protegidos por la libertad de expresión. Esto justifica que exista un escrutinio público sobre las funciones que la persona ejecuta, ciertos aspectos de su vida privada relevantes para evaluar la ejecución de sus funciones y las competencias requeridas para ejecutar su labor, entre otras cuestiones”.
En este sentido el Tribunal reconoce que LA PATRIA no solo fue clara en mencionar que la información original es de otro medio de comunicación, sino que no pasa por alto que frente a la solicitud de rectificación hecha al periódico por el congresista, un periodista de LA PATRIA se comunicó con él para que ejerciera su derecho de contradicción. Sin embargo, este prefirió no pronunciarse.
Finalmente, el Tribunal precisa: “Todo lo anterior descarta un ejercicio arbitrario del derecho a la información y la libertad de expresión por parte del periódico LA PATRIA”. Recuerda que para que se dé una rectificación, el solicitante debe aportar elementos mínimos que permitan desvirtuar el contenido publicado y demostrar que la información divulgada no corresponde a la realidad o distorsiona los hechos objeto de información. Así lo explica:
“Sin embargo, el accionante no allegó elementos encaminados a demostrar la falsedad o imprecisión de la publicación, pues sus reparos se orientaron principalmente a cuestionar la difusión de la noticia y la afectación que esta habría generado sobre su imagen pública, sin aportar pruebas dirigidas a desvirtuar los hechos reportados en la investigación periodística originalmente difundida por Publicaciones Semana S.A., frente a quien, dicho sea de paso, no formuló solicitud de rectificación ni promovió cuestionamientos directos encaminados a controvertir su contenido”.
Con esto termina el trámite de la acción de tutela interpuesta por un congresista de Caldas contra un medio de comunicación, y el expediente fue enviado a la Corte Constitucional para una eventual revisión.
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