Foto | Ministerio de Educación | LA PATRIA
Daniel Rojas Medellín, ministro de Educación de Colombia.
El Tribunal Superior de Medellín, Sala Cuarta de Decisión Laboral, mediante sentencia del 23 de septiembre de 2025, resolvió revocar el fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Medellín y declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por el Departamento de Antioquia.
El Tribunal fue enfático en señalar que el Ministerio sí dio respuesta de manera oportuna, completa y de fondo al derecho de petición radicado por el ente territorial, por lo que no existía ninguna vulneración ni amenaza a derechos fundamentales. La decisión de segunda instancia concluyó que la tutela carecía de objeto y que la actuación del Ministerio se ajustó plenamente a la ley.
En consecuencia, se desvirtúa la versión según la cual el ministro de Educación, Daniel Rojas Medellín, habría sido sancionado con arresto y multa por un supuesto incumplimiento.
El auto que circuló en medios no está ejecutoriado. Esa información corresponde a una interpretación errónea de lo ocurrido en primera instancia, decisión que ya fue revocada conforme a Derecho por el Tribunal Superior.
Con este fallo definitivo, queda claro que el Ministerio de Educación Nacional actuó con transparencia, legalidad y diligencia, garantizando el respeto a los principios constitucionales y a la correcta gestión administrativa.
Conozca aquí el proceso judicial.
*Con información del Ministerio de Educación.
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