EMPLAZAMIENTOS
EDICTO No. ESU 0081
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s) MARÍA LUCILA MARÍN DE DONATO CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 24.709.095. Fallecido(s) el 29/06/2024, en la ciudad de MANIZALES, CALDAS, y su último domicilio LA DORADA, CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 27 DE MAYO DE 2026, por LUIS HORACIO DONATO MARÍN IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.177.390, LUZ MERY DONATO MARÍN IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 30.389.654, Y ADELA MARÍA DONATO MARÍN IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 30.390.421, EN CALIDAD DE HEREDEROS. Se inició el trámite mediante el ACTA No. 0044 del 29 DE MAYO DE 2026, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 30 DE MAYO DE 2026 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 11 DE JUNIO DE 2026 a las 6 PM (M/PM). Este EDICTO se elaboró el día 29 DE MAYO DE 2026. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 11 DE JUNIO DE 2026 A LAS 6:00 P.M. (M/PM). EL NOTARIO.
3-VI-26-H132646
LA SUSCRITA NOTARIA QUINTA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de sucesión intestada del causante ABELARDO GARCÍA BENJUMEA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.212.946, quien tuvo su último domicilio en la ciudad de Manizales, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO se hagan presentes a la Notaría a hacer valer sus derechos correspondientes. La solicitud fue aceptada mediante acta número 21 del 01 de Junio de dos mil veintiséis (2026). Se ordenaron las publicaciones de ley. Para constancia firmo en Manizales, a los dos (02) días del mes de junio de dos mil veintiséis (2026). LA NOTARIA (E). ESTEFANÍA HOYOS DÍAZ. NOTARIA QUINTA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: DOS (02) DÍAS DE JUNIO DEL AÑO 2026. HORA 8:00 A.M. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: DIECISIETE (17) DÍAS DE JUNIO DEL AÑO 2026. HORA: 6:00 P.M.
3-VI-26-H132649
EDICTO N° ESU 0068
EL SUSCRITO NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de Intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s)
MANUEL JOSÉ ATEHORTÚA LOAIZA CÉDULA DE CIUDADANÍA N° 1.320.001. ANA JOSEFA VILLA DE ATEHORTÚA CÉDULA DE CIUDADANÍA N° 24.298.982. Fallecido(s) el 8/01/1988 y 8/02/2023, en la ciudad de Manizales - Caldas, y su último domicilio Manizales – Caldas y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 26 DE MAYO DE 2026, por el Doctor FABIO AUGUSTO QUINTERO MUÑOZ, abogado titulado y en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional No. 301762 del Consejo Superior de la Judicatura y de la CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.053.775.294, quien obrando como apoderado de MARÍA RUBELIA ATEHORTÚA VILLA, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 24.326.338, LUZ ESNELIA ATEHORTÚA VILLA, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 30.299.103, JOSÉ LEONARDO ATEHORTÚA VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 10.268.042, y LEIDY MARCELA ATEHORTÚA BUSTOS, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 1.033.703.420, EN CALIDAD DE Hijos y nieta de los causantes. Se inició el trámite mediante el ACTA N° AAS 0057 del 2 DE JUNIO DE 2026, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 3 DE JUNIO DE 2026 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 18 DE JUNIO DE 2026 a las 6:00 PM. Este EDICTO se elaboró el día 2 DE JUNIO DE 2026. EL NOTARIO GILDARDO GIRALDO FRANCO. NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES – NOTARIO ENCARGADO. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 18 DE JUNIO DE 2026 a las 6:00 PM. EL NOTARIO.
3-VI-26-H132650
EDICTO No. ESU 0086
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s)
EDUARDO MORA ORTIZ CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.293.277. ROSALBA MEJÍA DE MORA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 24.700.188. Fallecido(s) el 22/03/2024 - 14/07/2021, en la ciudad de LA DORADA, CALDAS, y su último domicilio LA DORADA, CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 1 DE JUNIO DE 2026, por LEIDY KARINA PÉREZ ALZATE IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.001.202.875, EN CALIDAD DE CESIONARIA. Se inició el trámite mediante el ACTA No. 0049 del 2 DE JUNIO DE 2026, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 3 DE JUNIO DE 2026 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 16 DE JUNIO DE 2026 a las 6 PM (M/PM). Este EDICTO se elaboró el día 2 DE JUNIO DE 2026. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 16 DE JUNIO DE 2026 a las 6 PM (M/PM). EL NOTARIO.
3-VI-26-H132647
EDICTO No. ECPF 0087
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA -NOTARIO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de CONSTITUCIÓN VOLUNTARIA DE PATRIMONIO INEMBARGABLE DE FAMILIA ANTE NOTARIO, el cual recaerá sobre el siguiente bien o bienes inmuebles: MATRÍCULA INMOBILIARIA 106-31158 OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE LA DORADA. FICHA CATASTRAL 17380-010000000285002910050002. TIPO DE PREDIO URBANO. DEPARTAMENTO CALDAS. MUNICIPIO LA DORADA. DIRECCIÓN APARTAMENTO 502 PISO 5 TORRE 6 TERRAZA B URBANIZACIÓN CIUDADELA XVI DE JULIO – PROPIEDAD HORIZONTAL - CALLE 47 NÚMERO 4-120. PROPIETARIO JHON EDISON VÁSQUEZ HERRERA. IDENTIFICACIÓN DEL PROPIETARIO CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.018.426.092. Quienes se consideren con derecho a concurrir a oponerse a la constitución del patrimonio de familia por ser lesivo de sus derechos como acreedores del CONSTITUYENTE
NOMBRE JHON EDISON VÁSQUEZ HERRERA IDENTIFICACIÓN
CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.018.426.092 deberán hacerlo dentro del término DE QUINCE (15) días hábiles, durante el cual permanecerá fijado este edicto en lugar visible de la Notaría, así: FECHA Y HORA DE FIJACIÓN: 3 DE JUNIO DE 2026 A LAS 8 A.M. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: 22 DE JUNIO DE 2026 a las 6 PM (M/PM). Este trámite se cumple por solicitud del propietario del inmueble, presentada el 29 DE MAYO DE 2026 en esta Notaría. Se inició el trámite mediante el acta No. DOS (2) del 2 DE JUNIO DE 2026 por la cual se dispuso la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de Quince (15) días y la publicación del edicto, dentro de ese término, en un periódico de amplia circulación en la ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 5° del decreto 2817 de 2006, por el cual se reglamentó el art. 37 de la Ley 962 de 2005. El presente edicto se fija EL DÍA 3 DE JUNIO DE 2026 siendo las 8:00 AM. Este EDICTO se elaboró el día 2 DE JUNIO DE 2026. EL NOTARIO, JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA - NOTARIO.
3-VI-26-H132648
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA CALDAS EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDERAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES EL SEÑOR LÁZARO DE JESÚS JIMÉNEZ OROZCO, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 1.333.470 Y LA SEÑORA ADELA SEPÚLVEDA DE JIMÉNEZ, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 24.863.460, CUYO ÚLTIMO DOMICILIO Y EL ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA. ACEPTADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 041 del DOCE (12) DE MAYO DEL AÑO 2026. SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN EL PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENÁNDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARÍA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY DOS (02) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL 2026, SIENDO LAS 8.00 A.M. NATALY MERINO GUTIÉRREZ. NOTARÍA ÚNICA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.
3-VI-26-H132653