Edictos
21 de Abril de 2026

Edictos abril 22 2026

EMPLAZAMIENTOS
EDICTO No. ESU 0049 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia de la causante CECILIA MAYORGA DE MORENO CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 20.239.871. Fallecida el día CINCO (05) DE ENERO DEL DOS MIL VEINTICINCO (2025), en la ciudad de BOGOTÁ D.C., y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 20 DE ABRIL DE 2026, por la Doctora DANIELA OSORIO MORENO, abogada titulada y en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional número 438711 del Consejo Superior de la Judicatura y de la CÉDULA DE CIUDADANÍA número 1.019.127.251, quien obrando como apoderado de los señores ADRIANA MORENO MAYORGA IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 51.688.650, GUILLERMO ANTONIO MORENO MAYORGA IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 19.326.329, MARÍA CLEMENCIA MORENO MAYORGA IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 51.836.976, Y GLADYS MORENO MAYORGA IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 41.775.288, EN CALIDAD DE HEREDEROS LEGÍTIMOS. Se inició el trámite mediante el ACTA No. AAS 0019 del 20 DE ABRIL DE 2026, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 21 DE ABRIL DE 2026 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 2 DE MAYO DE 2026 a las 12:00 M. Este EDICTO se elaboró el día 20 DE ABRIL DE 2026. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 2 DE MAYO DE 2026 a las 12:00 M.
22-IV-26-H132362

EDICTO No. ESU 0050 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA 
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del causante 
HERNÁN BERMÚDEZ TANGARIFE CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.170.508. Fallecido el VEINTICINCO (25) DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTIUNO (2021), en el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS), y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 20 DE ABRIL DE 2026, por el señor CAMILO ANDRÉS PUERTA MEJÍA IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.059.810.932, EN CALIDAD DE CESIONARIO DE DERECHOS HERENCIALES. Se inició el trámite mediante el ACTA No. AAS 0020 del 20 DE ABRIL DE 2026, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 21 DE ABRIL DE 2026 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 2 DE MAYO DE 2026 a las 12:00 M. Este EDICTO se elaboró el día 20 DE ABRIL DE 2026. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO.  NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 2 DE MAYO DE 2026 a las 12:00 M.
22-IV-26-H132363

EDICTO No. ESU 0048 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA 
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s) 
MARÍA HERMINDA GUZMÁN LONDOÑO CÉDULA DE CIUDADANÍA 
No. 30.032.096. Fallecido(s) el 25/01/2022, en la ciudad de GUADUAS, CUNDINAMARCA, y su último domicilio LA DORADA, CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 17 DE ABRIL DE 2026, por JUAN CARLOS ARDILA GUZMÁN IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.173.878, GABRIEL ARDILA GUZMÁN IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 9.600.334, CENELIA ARDILA GUZMÁN IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 30.345.183, SANDRA PATRICIA ARDILA GUZMÁN IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 30.348.681, ALICIA ARDILA GUZMÁN IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 24.708.525, Y MARÍA PAULINA QUINTERO ORDUZ IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 30.348.104, EN CALIDAD DE HEREDEROS - CESIONARIA LA ÚLTIMA. Se inició el trámite mediante el ACTA No. 0018 del 20 DE ABRIL DE 2026, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3o Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 21 DE ABRIL DE 2026 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 2 DE MAYO DE 2026 a las 12 M (M/PM). Este EDICTO se elaboró el día 20 DE ABRIL DE 2026. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 2 DE MAYO DE 2026 a las 12 M (M/PM). EL NOTARIO. 
22-IV-26-H132364

EDICTO NÚMERO 010 
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PUERTO SALGAR - CUNDINAMARCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de los causantes FANNY ORTIZ DE VILLEGAS, quien se identificaba con la Cédula de Ciudadanía No. 24.278.619, fallecida el día veintiséis (26) de mayo del año dos mil veinticinco (2025) en el Municipio de La Dorada - Caldas, República de Colombia, y cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios, fue el municipio de Puerto Salgar, Cundinamarca, y DARÍO VILLEGAS ÁNGEL, quien se identificaba con la Cédula de Ciudadanía No. 354.042, fallecido el día veintidós (22) de agosto del año dos mil dieciocho (2018) en el Municipio de La Dorada - Caldas, República de Colombia, y cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios, fue el municipio de Puerto Salgar, Cundinamarca, para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto se hagan presentes ante este Despacho Notarial ubicado en la calle 14 # 9-59 de Puerto Salgar - Cundinamarca y hagan valer sus derechos. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número cero diez (010) de fecha 17 de abril de 2026, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y 3o. del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible en la Notaría, por el término de diez (10) días. 
El presente edicto se fija hoy 20 de abril de 2026 a las 7:30 AM. WILLIAM EDUARDO JIMÉNEZ LEAÑO. NOTARIO ÚNICO DE PUERTO SALGAR – CUNDINAMARCA.
22-IV-26-H132365

EDICTO No. ESU 0047 
EL SUSCRITO NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s) JOSÉ JOAQUÍN USME GALLEGO CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.227.436. MARÍA NELLY AGUDELO SÁNCHEZ CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 24.269.079. Fallecido(s) el 26/06/2016 y 11/09/2025, en la ciudad de Manizales - Caldas, y su último domicilio Manizales – Caldas y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 10 DE ABRIL DE 2026, por los señores NELLY DEL CARMEN USMA AGUDELO, mayor de edad, vecina de Manizales, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 24.341.418, y ÓSCAR ALBERTO USME AGUDELO, mayor de edad, vecino de Manizales, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 75.082.547, obrando en nombre propio en su CALIDAD DE Hijos de los causantes. Se inició el trámite mediante el ACTA No. AAS 0041 del 21 DE ABRIL DE 2026, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 22 DE ABRIL DE 2026 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 6 DE MAYO DE 2026 a las 6:00 PM. Este EDICTO se elaboró el día 21 DE 2026. EL NOTARIO RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO. NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES – NOTARIO TITULAR. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 6 DE MAYO DE 2026 a las 6:00 P.M. EL NOTARIO 
22-IV-26-H132366

EDICTO 
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial DE LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA DEL CAUSANTE ENRIQUE AUGUSTO RAMÍREZ LATORRE, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 10.232.645, fallecido el día 25 de junio del año 2024, en la ciudad de Manizales - Caldas y siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día DIECIOCHO (18) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025), mediante ACTA NÚMERO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS (1356). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 cuyo proceso no culminó por vencimiento de términos (Art 6° Dcto. 902 de 1988) iniciándose nuevamente mediante acta número DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO (278) del día, VEINTE (20) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS (2026). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decretó 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día VEINTIUNO (21) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS (2026), siendo las OCHO de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES. 
22-IV-26-H132361