EMPLAZAMIENTOS

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE ARMENIA QUINDÍO EMPLAZA A quienes se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez días siguientes a la publicación del EDICTO en el periódico, en el trámite de liquidación de herencia intestada de OLGA YEPES DE OSPINA, C.C. 25.010.996, fallecida en Pereira-Rda., el 11 de febrero del 2022, quien tenía como último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Armenia Q. Se ordena la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y una radiodifusora local, ordenándose su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El Edicto se fija hoy diecisiete (17) de mayo del año dos mil veintitrés (2023) a las 7:30 A.M. EL NOTARIO, JOSÉ RAMIRO GARCÍA LADINO. NOTARIO QUINTO. Se desfijará el día primero (01) de junio del 2023 a las 6:00 P.M. EL NOTARIO.

28-V-23-H125552

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CÍRCULO DE ARMENIA QUINDÍO EMPLAZA A quienes se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez días siguientes a la publicación del EDICTO en el periódico, en el trámite de liquidación de herencia intestada de JORGE IVÁN RAMÍREZ LONDOÑO, C.C. 7.552.581, fallecido en Armenia, Q, el 25 de marzo del 2023, quien tenía como último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Armenia Q. Se ordena la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y una radiodifusora local, ordenándose su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El Edicto se fija hoy veinticinco (25) de mayo del año dos mil veintitrés (2023) a las 7:30 A.M. EL NOTARIO, JOSÉ RAMIRO GARCÍA LADINO. NOTARIO QUINTO. Se desfijará el día ocho (08) de junio del 2023 a las 6:00 P.M. EL NOTARIO.

28-V-23-H125553

 

EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito Notario Primero del Círculo Notarial de Armenia, JAVIER OCAMPO CANO, por el presente edicto CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en un diario de circulación nacional y una radiodifusión de una emisora local, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante, señor ALBERTO EMILIO CÈSPEDES RESTREPO, fallecido el 04 de Enero de 2023 en Armenia / Quindío, siendo la ciudad de Armenia / Quindío su último domicilio y asiento principal de sus negocios, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 7.524.617 expedida en Armenia / Quindío, debidamente registrada la Defunción en la Notaría Quinta del Círculo de Armenia / Quindío, bajo el indicativo serial No. 10538722. Aceptado el trámite en esta notaría, según acta número CERO VEINTIDÓS (022) del 23 de MAYO de 2023, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y en una radiodifusora local y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. CONSTANCIA DE FIJACIÓN:

El suscrito Notario deja constancia que el presente edicto fue fijado a los VEINTICUATRO (24) días del mes de MAYO del año Dos Mil Veintitrés (2023), siendo las 8:00 a.m. horas. JAVIER OCAMPO CANO. Notario Primero del Círculo.

28-V-23-H125554

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (2) DEL CÍRCULO DE ARMENIA, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico de Amplia Circulación Nacional y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de liquidación de herencia intestada de NEFTALI QUICENO HENAO, quien en vida se identificaba con la cédula 1.246.679, quien falleció el pasado 16/03/2019 en Armenia, Quindío, lugar que fue su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día 16 de mayo del 2023, mediante Acta número 0051, para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el diecisiete (17) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), siendo las 7:30 a.m. y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO, LUIS FERNANDO CASTELLANOS NIETO. NOTARIO SEGUNDO (2) DEL CÍRCULO DE ARMENIA.

28-V-23-H125555

 

EDICTO EMPLAZATORIO

EL NOTARIO TERCERO ENCARGADO DEL CÍRCULO NOTARIAL DE ARMENIA CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación sucesoral de los señores LEONEL OSORNO VALENCIA Y MARIELA AGUILAR DE OSORNO, quienes se identificaban en su orden con las cédulas de ciudadanía No. 1.287.469 Y 24.567.450. Fallecidos el primero el día 24 de Abril del año 2001 y la segunda el día 24 de Septiembre del año 2010, en Armenia, Quindío, teniendo como último domicilio la ciudad de Armenia. Aceptado el trámite en esta Notaría, según acta número 055 de fecha 17 de Mayo del año 2023 se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y en una radiodifusora local, y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el término de diez (10) días, justo el plazo para que terceros actúen como interesados. El Notario Tercero encargado deja constancia Que el presente edicto es fijado hoy 17 - de Mayo del año 2023, a las 7:30 A.M. SANTIAGO LOAIZA JARAMILLO. NOTARIO TERCERO E DE ARMENIA.

28-V-23-H125556

 

EDICTO No. ESU 0097

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA

EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia de los causantes FÉLIX ANTONIO MONTOYA PÉREZ CÉDULA DE CIUDADANÍA N° 694.337. MARÍA REGINA RAMOS DE MONTOYA CÉDULA DE CIUDADANÍA N° 21.891.219. Fallecido el día TREINTA (30) DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL TRES (2003) Y CINCO (05) DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CINCO (2005), en la ciudad de MEDELLÍN (ANTIOQUIA), y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 16 DE MAYO DE 2023, por los señores GILDARDO GRANADA MARTÍNEZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 70.506.737, Y DIEGO CARDONA ARANGO IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 4.484.417, EN CALIDAD DE CESIONARIOS DE DERECHOS HERENCIALES. Se inició el trámite mediante el ACTA N° AAS 0056 del 17 DE MAYO DE 2023, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3º Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 18 DE MAYO DE 2023 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 30 DE MAYO DE 2023 a las 6:00 PM. Este EDICTO se elaboró el día 17 DE MAYO DE 2023. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 30 DE MAYO DE 2023 a las 6:00 PM.

28-V-23-H125560

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión intestada de la causante ALICIA VÁSQUEZ DE GARCÍA, identificada con la cédula de ciudadanía número 24.285.553; quien falleció en la ciudad de Manizales, el día veintidós (22) de septiembre de dos mil veintiuno (2021); siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ochenta y uno (81) del día veinticuatro (24) de mayo de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veinticinco (25) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). JORGE NOEL OSORIO CARDONA. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).

28-V-23-H125557

 

LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA EGDA. DEL CÍRCULO DE CHINCHINÁ CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días siguientes a la Publicación de este edicto en el periódico, en el trámite de LIQUIDACIÓN NOTARIAL DE HERENCIA de la causante MARÍA ELVIA MARÍN RUIZ quien se identificaba con la cédula número 24.611.767 cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Chinchiná, fallecida el 17 de Octubre de 2022. Aceptado el trámite se ordena la publicación del edicto en el periódico La Patria y en la emisora local cumpliendo con el artículo 3° Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy 09 de Mayo de 2023 siendo las 8.00 A.M. BLANCA LUCY GIRALDO OSORIO. NOTARIA PRIMERA EGDA.

28-V-23-H125562

 

REMATES

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA

AVISO DE REMATE

JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados. RADICADO: 17001400300720140001100. PROCESO: Ejecutivo con Título Hipotecario. DEMANDANTE: ÁNGEL URIEL - PARRA CÁRDENAS (Q.E.P.D) SUCESORES: JAIRO FERNEY - PARRA OROZCO - ALEXÁNDER URIEL - PARRA OROZCO - BIVIANA - PARRA OROZCO. NIT/CÉDULA: 17146752 - 75090095 - 75083595 -24336560. DEMANDADOS: JULIÁN ANDRÉS - FAJARDO GIL. NIT/CÉDULA: 14622890. FECHA DEL REMATE: 22 junio de 2023. HORA: 9.00 a.m. LINK DE INGRESO A LA DILIGENCIA DE REMATE: https://teams.micosoft.com/l/Nmeetup-join/19%3ameeting_OTFkMZY4ZWYtZmNIZC00NTl3LTg0NjYTYWEzZmZIYjM2YzA0%40thread.V2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622-cba98-80f8—41f3-8df5-8edb99901598b% 22%2c%22Oid%22%3a%227c1d7fb9-9356-4e68-8edb-b68f18771f08%22%7d. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALÚO DEL BIEN: $423.900.000. MATRÍCULA INMOBILIARIA: 100-131006. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE: Lote de terreno conformado por dos tramos. conjuntamente con dos bodegas construidas en material, ubicado en la Carrera 26 No. 116-75 Zona Industrial en la Urbanización La Enea Manizales. Las demás especificaciones se encuentran descritas en la diligencia de secuestro y el Certificado de Tradición. SECUESTRE: DINAMIZAR ADMINISTRACIÓN S.A.S. Correo Electrónico: dinamiza2020@gmail.com, Celular. 310 888 3338 - 314 582 8608. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales Nro. 170012041800. Los interesados podrán formular sus posturas dentro de los 5 días anteriores al remate o dentro de la hora siguiente establecida para la diligencia. En ambos casos, deberán presentar sus ofertas mediante un mensaje de datos dirigido exclusivamente al email del juzgado, j02ejecmm@cendoj.ramajudicial.gov.co, estableciendo como asunto las palabras OFERTA REMATE seguidas del radicado del proceso. Ejemplo, OFERTA REMATE x-20xx-1xx, dicho archivo deberá ser guardado con contraseña (ver instructivo para asignar clave a documento, el cual deberá consultarse en la página de la Rama Judicial en el siguiente link: https://www.ramajudicial.gov.co/documents/12166575/46229732/Instructivo+Archivo+Protegido+Word.pdf/652eed62-67a6-4ff3-9abd-3da0a7095dbd adjuntando el email que lleve su postura, los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien. Igualmente, y a su elección, considerando las circunstancias que para esa fecha se presenten en torno al acceso a las sedes judiciales, podrán formular también sus ofertas de manera física en sobre sellado tal como se estipula en el Artículo 14 del Acuerdo PCSJA-11632 del 30 de septiembre de 2020, con el fin de garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso. Junto con la postura deben enviar los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). De optarse por esta segunda vía opcional, las ofertas se recibirán en el Palacio de Justicia Fanny González Franco. Para ese efecto, en la portería el oferente deberá anunciar su llegada a la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Manizales, para que un servidor judicial de esta dependencia baje hasta allá y le reciba el sobre sellado. Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad. El DÍA DOMINGO. Se les recuerda que el link de ingreso a la Diligencia de Remate virtual lo encontrará en la parte inicial del aviso de remate identificado con LINK INGRESO A LA DILIGENCIA DE REMATE pera lo cual, se utilizará el aplicativo MICROSOFT TEAMS al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.). Solo cuando haya transcurrido una hora desde el inicio de la diligencia, se procederá a compartir con los asistentes a la reunión virtual, la visualización de la pantalla del computador del Juzgado para hacer apertura de manera pública y transparente, por primera vez, de los correos electrónicos contentivos de las respectivas ofertas, y/o de los sobres cerrados que hubieren sido allegados físicamente para así establecer las ofertas que reúnan los requisitos de ley y adjudicarse el bien al mejor postor. Se advierte a los interesados a participar en la presente diligencia que, deberán previo al remate realizar la verificación del estado financiero del bien que se va a rematar, esto es, gravámenes prendarios e hipotecarios, pago de impuestos, servicios públicos, las cuotas de administración, gastos de parqueo o depósitos y demás situaciones financieras que comprometan al bien. Cordialmente, NANCY DAHIANA RINCÓN ARREDONDO. Profesional Universitario Grado 17 (Secretaria). Oficina de Ejecución Civil Municipal.

28-V-23-H125550

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA

AVISO DE REMATE

JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: RADICADO: 17001400300820220028500. PROCESO: Ejecutivo con Título Hipotecario. DEMANDANTE: IRMA LUCÍA - TORO RESTREPO. NIT/CÉDULA: 24336815. DEMANDADOS: LUIS - MONTES OROZCO.

NIT/CÉDULA: 4470745. FECHA DEL REMATE: 20 junio de 2023. HORA: 3:00 PM. LINK DE INGRESO A LA DILIGENCIA DE REMATE: https://acortar.link/YrQdJ4. BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. AVALÚO DEL BIEN: CIENTO SESENTA MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS ($160.969.500). MATRÍCULA INMOBILIARIA: 100-55152. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE: Se trata de un solar o lote de terreno con casa de Habitación distinguido con el número 3379 de la Manzana 82, Calle 107B No. 35-34 y por la Carrera 35 No. 107A-49 del barrio la Enea Jurisdicción de este Municipio y cuyos linderos y demás especificaciones se encuentran detalladas en la diligencia de secuestro y Escritura de Hipoteca. SECUESTRE: DINAMIZAR ADMINISTRACIÓN S.A.S. Administrador Inmobiliario. Tel. 310 888

3338 - 314-5828608 - 891 5191, Calle 20 No. 22-27. Oficina 402 Edificio Cumanday Manizales. Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales Nro. 170012041800.

Los interesados podrán formular sus posturas dentro de los 5 días anteriores al remate o dentro de la hora siguiente establecida para la diligencia. En ambos casos, deberán presentar sus ofertas mediante un mensaje de datos dirigido exclusivamente al email del juzgado, j01ejecmma@cendoj.ramajudicial.gov.co, estableciendo como asunto las palabras OFERTA REMATE seguidas del radicado del proceso. Ejemplo. OFERTA REMATE x-20xx-1xx, adjuntando el email que lleve su postura, los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien. Igualmente, y a su elección, considerando las circunstancias que para esa fecha se presenten en torno al acceso a las sedes judiciales, podrán formular también sus ofertas de manera física en sobre sellado, tal como se estipula en el Artículo 14 del Acuerdo PCSJA20-11632 del 30 de septiembre de 2020, con el fin de garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso. Junto con la postura deben enviar los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura). De optarse por esta segunda vía opcional, las ofertas se recibirán en el Palacio de Justicia Fanny González Franco. Para ese efecto, en la portería el oferente deberá anunciar su llegada a la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Manizales, para que un servidor judicial de esta dependencia baje hasta allá y le reciba el sobre sellado. Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad. EL DÍA DOMINGO. Se les recuerda que el link de ingreso a la Diligencia de Remate virtual lo encontrará en la parte inicial del aviso de remate identificado con LINK DE INGRESO A LA DILIGENCIA DE REMATE, para lo cual, se utilizará el aplicativo MICROSOFT TEAMS al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.). Solo cuando haya transcurrido una hora desde el inicio de la diligencia, se procederá a compartir con los asistentes a la reunión virtual, la visualización de la pantalla del computador del Juzgado para hacer apertura de manera pública y transparente, por primera vez, de los correos electrónicos contentivos de las respectivas ofertas, y/o de los sobres cerrados que hubieren sido allegados físicamente para así establecer las ofertas que reúnan los requisitos de ley y adjudicarse el bien al mejor postor. Las dudas o comentarios relativos a la práctica de la subasta, serán atendidos en la correspondiente videoconferencia o en el teléfono del juzgado, 8879620 Ext. 11370, exclusivamente dentro del horario laboral de 7:30 A.M. A 12:00 M Y DE 1:30 P.M. A 5:00 P.M. Cordialmente, NANCY DAHIANA RINCÓN ARREDONDO. Profesional Universitario Grado 17 (Secretaria). Oficina de Ejecución Civil Municipal.

28-V-23-H125559

 

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

LA DORADA - CALDAS

JUZGADO QUINTO PROMISCUO MUNICIPAL DE LA DORADA, CALDAS

Carrera 2 # 16-04 Of. 106, TEL. 8574137

Email: j05prmpalladorada@cendoj.ramajudicial.gov.co

REMATE

ART. 450 C.G.P.

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO PROMISCUO MUNICIPAL DE LA DORADA, CALDAS. AVISA Que, en el proceso EJECUTIVO SINGULAR, radicado 17380 40 89 005 2022 00187 00 donde aparece como demandante YESENIA OFELIA MÁRQUEZ CORCHA y demandado, NORBY LÓPEZ JIMÉNEZ mediante auto de fecha 10 de mayo del año en curso, ha señalado el día 21 de junio de 2023 a partir de las nueve (9:00) de la mañana, como fecha y hora para llevar a cabo la DILIGENCIA DE REMATE, del inmueble, embargado, secuestrado y avaluado en esta actuación. Se trata un bien inmueble ubicado la Calle 18 # 4-70 de esta ciudad, Apartamento

Nro. 5 Local Comercial, integrado por el 1º y 2º piso del edificio "Conjunto de Apartamentos Pacífico". Identificado con la ficha catastral 0100000002140901900000028 y Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-22533, con un área privada construida en el primer piso de 76.04 metros cuadrados y en el segundo piso de 185.51 metros cuadrados, su área privada libre en el primer piso de 2.70 metros y en el segundo piso de 2,70 metros. Su coeficiente de copropiedad es de

51.965%, cuyos linderos y demás especificaciones están contenidos en la escritura 113 de 12 de febrero de 1998 Notaría Única de Puerto Salgar, según decreto 1711 de 96 de julio de 1984. Coeficiente Actual 51.741% - Ver escritura No. 044 del 12 de febrero de 2015 de la Notaría Única de Puerto Salgar, de Reforma al Reglamento de Propiedad Horizontal para adaptarlo a la ley 675 de 2011, cuyas demás características se encuentran consignadas el dictamen pericial. Avaluado en la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS ($381.751.650) conforme al dictamen rendido por el Perito NORBERTO RODRÍGUEZ. La diligencia se fija por el término de una (1) hora siendo postura admisible la que cubra el setenta (70%) del avalúo, previa consignación en el Banco Agrario de Colombia del cuarenta (40%) del avalúo del bien, de conformidad con el artículo 451 del C.G.P. Avalúo: $381.751.650,oo. 70% (Postura) $267.226.155,oo. 40% (Consignación previa) $152.700.660,00. La consignación se realizará en el Banco Agrario de Colombia en la cuenta No. 173802042005, código 173804089005. Conforme al artículo 450 del Código General del Proceso, el aviso será publicado el día domingo en un diario de amplia circulación nacional, como la Patria, el Tiempo, El Espectador o La República, con diez (10) de antelación a la fecha del remate. La postura deberá ser enviada al correo institucional: j05prmpalladorada@cendoj.ramajudicial.gov.co a través de archivos encriptados (código de bloqueo) y, una vez se dé inicio a la audiencia se revelará la contraseña de cada archivo y se abrirá en el orden en que fueron allegados. Para su publicación se expide a los doce (12) días del mes de mayo de dos mil veintitrés (2023). FABIÁN MAURICIO RUBIO GUTIÉRREZ. Secretario.

28-V-23-H125558

 

CARTEL DE REMATE

EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS CALDAS, AVISA Que dentro del proceso Venta de bien común, instaurado por el señor JOSÉ WILLINGTON JARAMILLO GONZÁLEZ en contra del ciudadano RAMÓN ELÍAS GONZÁLEZ MORALES, se ha señalado el día 28 de junio de 2023 a las 09:00 a.m. como fecha y hora para realizar la diligencia de remate del bien objeto de la litis. El remate recae sobre el 100% el inmueble, que seguidamente se individualiza y detalla: Inmueble denominado "Casa de habitación -lote restante-", ubicado en la carrera 2a número 2-16 del área urbana de Aguadas Caldas y presenta folio de matrícula inmobiliaria número 102-13854 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Aguadas Caldas. DATOS PARA EL REMATE Avalúo: $77.650.000.oo. Base: $77.650.000.oo (100%). Postor hábil: $31.060.000.oo (40%). El secuestre es el señor César Augusto Castillo Correa, cedulado con el número 75.078.252, poseedor del teléfono celular 3167207719 y correo electrónico tillo4444@gmail.com, domiciliado en la carrera 19 número 54 - 04 de Manizales Caldas y está facultado para mostrar el inmueble objeto de la subasta. Será postor admisible, la que cubra el 100% del avalúo y postor hábil quien previamente consigne el 40% del avalúo dado al inmueble motivo de la subasta, en la cuenta de depósitos judiciales que al respecto posee este Despacho Judicial en el Banco Agrario de Colombia S. A. El presente listado, deberá ser publicado por la parte interesada en el diario LA PATRIA, de amplia circulación en este Municipio, en día DOMINGO, con antelación no inferior a los diez (10) días a la fecha señalada para la pública subasta y se allegará copia informal de la publicación y certificado de libertad y tradición del inmueble a subastar, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. Se previene que las personas interesadas en participar en el remate, podrán remitir su postura por medio del correo electrónico del Juzgado que efectuará la subasta, el cual se señalará en el mismo auto; a su vez, deberán proporcionar un correo electrónico con el fin de suministrarles el link mediante el cual podrán acceder y participar en la licitación, el cual les será remitido por la Secretaría del Despacho. Correo electrónico del Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Aguadas Caldas: JO1prmpalaguadas@cendoj.ramajudicial,gov.co. Es necesario que las partes, sus apoderados judiciales, y demás intervinientes e interesados en el acceso a la diligencia de manera virtual, identifiquen los canales digitales que hayan elegido con el fin de efectuar sus correspondientes notificaciones; por ende, es imprescindible que cuenten con correos electrónicos, y comunicar cualquier cambio de dirección o medio electrónico. En todo caso, las notificaciones de las decisiones y traslados previos a la audiencia se surtirán en el micrositio del juzgado. Los correos electrónicos suministrados, serán habilitados para acceder a la audiencia y, eventualmente, será el medio para aportar documentos que se pretendan hacer valer en ella.

Además, se debe acreditar la constancia de haber consignado el porcentaje necesario para hacer postura, será necesario que la propuesta se envíe al correo institucional del Juzgado, mediante documento en formato PDF protegido con una contraseña. Si bien, no es indispensable la presencia del proponente, éste deberá al momento de la audiencia de subasta suministrar la clave bajo la cual remitió su propuesta en PDF, so pena de no tenerla en cuenta; en lo demás conforme al artículo 451 del Código General del Proceso. Transcurrida una hora desde el inicio de la audiencia, por el orden de presentación, el juez requerirá a cada postor para que entregue la clave necesaria para la apertura de su propuesta, la cual será leída y así sucesivamente con cada una de las propuestas presentadas, posteriormente se procederá en la forma indicada en el artículo 452 del Código General del Proceso. Ante cualquier inconveniente tecnológico durante el desarrollo de la diligencia virtual, se podrá acudir a otra aplicación o plataforma que garantice la defensa, contradicción y la participación, por lo menos, de las partes, apoderados y, según el caso, de los órganos de prueba. De tal suerte que, se aceptarán la presentación de posturas y diligencia de remate de manera mixta, en el sentido que, se habilitan el correo electrónico del Juzgado a efectos de recepción de ofertas y se remitirá enlace a diligencia virtual a quienes no puedan acudir de manera presencial, igualmente, se recibirán las ofertas en sobre cerrado en la Secretaría del Despacho. Aguadas Caldas, mayo 18 de 2023. LUIS FERNANDO PANIAGUA ORTIZ. SECRETARIO.

28-V-23-H125561

 

OTROS

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MANIZALES

Manizales, once (11) de mayo de dos mil veintitrés (2023)

MEDIO DE CONTROL: PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS.

ACCIONANTE: JAUDER OSORIO GIRALDO.

ACCIONADOS: EMPOCALDAS S.A. E.S.P. Y MUNICIPIO DE SALAMINA.

RADICADO: 17001 33 33 009 2023 00008 00.

PROVIDENCIA: SENTENCIA Nro. 73.

DECISIÓN: APRUEBA PACTO DE CUMPLIMIENTO. Procede el Despacho a proferir sentencia aprobatoria de pacto de cumplimiento dentro del medio de control de la referencia, conducta asumida por las partes dentro del curso del presente proceso, se establece que en la actuación no se comprueba que se hayan producido conductas temerarias o de mala fe en la actividad procesal de las partes. En mérito de lo expuesto, el JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MANIZALES, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley; III. FALLA: PRIMERO: APROBAR el PACTO DE CUMPLIMIENTO celebrado entre el accionante y el municipio de Salamina, el 5 de mayo de 2023, en audiencia especial realizada en el medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos instaurado por el señor JAUDER OSORIO, y en el cual se acordó lo siguiente a cargo de la entidad territorial: “... con el fin de brindar una solución a la problemática planteada a la vivienda del accionante y los vecinos de la Carrera 9ª, se acordó realizar una propuesta contenida en el cronograma de actividades que se detalla a continuación, el cual inicia con el diagnóstico -mismo que sugiere sea realizado por Empocaldas-; la consecución de recursos y ejecución de obras, cuya duración aproximada es de 6 meses, que empezarían a partir de que se apruebe el pacto e iría aproximadamente hasta el mes de octubre del presente año, buscando sacar la red hasta el sistema central de alcantarillado de Empocaldas hacia la Carrera 9. Estas son las actividades a desarrollar, de acuerdo con fórmula allegada al proceso: CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PREVISTO: ACTIVIDADES Mes 1 (Una vez se apruebe pacto): Gestión ante Empocaldas para estudios, diseños y presupuestos. Mes 2 y 3: Realización de presupuesto final de actividades. Mes 4: Proceso de contratación. Mes 5 y 6: Ejecución de obras. SEGUNDO: DESIGNAR: como auditor que vigile y asegure el cumplimiento del pacto, al personero municipal de Salamina, a quien se le comunicará la designación, remitiéndole copia del acta de audiencia de pacto de cumplimiento y de esta providencia. TERCERO: ORDENAR: la publicación de la parte resolutiva de esta sentencia en un diario de amplia circulación nacional, a cargo del municipio de Salamina, conforme a lo previsto en el artículo 27 de la Ley 472 de 1998. Hecho lo anterior, se deberá remitir a este Despacho constancia de la publicación. CUARTO: Para los efectos del artículo 80 de la Ley 472 de 1998, por la Secretaría del Despacho envíese copia del presente fallo a la Defensoría del Pueblo con destino al Registro Público de Acciones Populares y de Grupo. QUINTO: SIN COSTAS, por lo brevemente expuesto. SEXTO: EJECUTORIADA esta providencia, archívese el expediente previas las anotaciones respectivas en el programa Justicia Siglo XXI. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Firmado Por: Jorge Wilder Gil Ospina. Juez. Juzgado Administrativo 009.

28-V-23-H125563