Deivy Leandro Padilla (centro), con sus deportistas Sergio Gutiérrez y Juan Martín Trejos.

Foto I Cortesía I LA PATRIA

Deivy Leandro Padilla (centro), con sus deportistas Sergio Gutiérrez y Juan Martín Trejos.

El tenis de campo de Caldas no tiene entrenador aún en la temporada. Detrás del hecho hay una polémica entre la Liga y la Secretaría del Deporte Departamental. Mientras la primera dice que el técnico propuesto cumple los requisitos, la segunda asegura todo lo contrario.

Quien está en medio del debate es Deivy Leandro Padilla, manizaleño, de 34 años, licenciado en educación física, docente en la Universidad de Caldas: "Creo que no me valoraron mi formación y tampoco todo los resultados".

Ante la negativa de ascenso, Juan Sebastián Giraldo, presidente de la Liga hasta octubre del año pasado, le pidió a la Gobernación la incorporación de su entrenador. Sin embargo, la Secretaría le argumentó que, a pesar de la formación y los logros del año pasado, a su entrenador apenas le da para ser monitor y no para técnico clase C.

Cada temporada, para la renovación de su contrato, los técnicos deben acreditar resultados deportivos del año y formación académica. Con ese insumo los metodólogos hacen la valoración y calificación en desarrollo deportivo, desarrollo científico, bases de la capacitación y programa institucional (ver Recuadro Valoración de la Secretaría).

Dos entrenadores de Caldas, consultados por LA PATRIA al respecto, se declararon satisfechos con la evaluación que les hicieron: "Que yo sepa, no hay nadie ubicado en otra categoría sin los méritos", dijo uno de ellos.

Un metodólogo de la Secretaría del Deporte explicó que el proceso es igual al programa deportista apoyado: "Todos deben acreditar los resultados internacionales, sea del ciclo olímpico o certámenes invitacionales. Y en el caso de los técnicos, pesa lo académico, tener maestrías, especializaciones, postgrados y el título universitario".

 

Los argumentos de la Liga

Juan Sebastián Giraldo, el expresidente de la Liga, representante del entrenador, le respondió a la Secretaría del Deporte la valoración técnica que hizo de su orientador.

"En la calificación de Desarrollo Deportivo solo se tuvo en cuenta la medalla de plata obtenida en los Juegos Supérate Intercolegiados, pero no la medalla de bronce que se logró en la misma competencia con Juan Martín Trejos y Sergio Gutiérrez".

Respecto a la formación académica aportada por el entrenador y evaluada en la Secretaría, indicó: "En las bases de capacitación no se le otorgó puntaje a las certificaciones presentadas por el licenciado Padilla, expedidas por la ITF (Federación Internacional de Tenis), ITF1 e ITF2, capacitaciones universales que forma a los entrenadores de tenis".

Se pregunta: "¿Si la ITF no está habilitada para que se cuente en el escalafón de bases de capacitación para su entidad en materia de tenis de campo, entonces quien está habilitado?".

 

Valoración de la Secretaría

- Desarrolla deportivo

Obtuvo medalla de plata en los Juegos Supérate Intercolegiados. No acreditó logros en Juegos Olímpicos, Panamericanos, Suramericanos y o campeonatos del mundo, lo que, de acuerdo con el numeral 2.1.1 de la resolución, se califica con 140 puntos y el promedio total del ítem desarrollo deportivo siendo, cero los demás puntajes, corresponden a un promedio de 23 puntos.

 

- Desarrollo técnico científico

Se evidencia formación profesional en áreas de deporte, como licenciado, lo que de acuerdo con el numeral 2.1.2, de la resolución, se puntúa con 140 unidades siendo este el valor más alto. No acredita ningún otro título en nivel de especialización o maestría lo que arroja un puntaje de 140 puntos.

 

- Bases de la capacitación

Cuenta con certificación de inglés a nivel de diplomado (200 puntos). Capacitaciones en temas relacionados con ciencias aplicadas y áreas afines a nivel nacional, que no se encuentran certificadas como congresos, por lo que el puntaje es de cero, dando como promedio en esa línea 67 puntos.

 

- Desarrollo del programa institucional

No se puede establecer, con la documentación soportada, que el entrenador aporta deportistas a los seleccionados nacionales (puntación es cero). En relación con la experiencia profesional certificada, de 6 años 3 meses, debe ser calificado con 100 puntos. Finalmente no se evidencia certificación de haber sido ponente o docente de alto nivel o presentado artículos o libros publicados, por lo que la puntación es de cero, para un promedio de 33 puntos.

 

- Conclusión

Como resultado de los items evaluados, la calificación es de 68 puntos y de acuerdo con lo establecido en el artículo segundo de la citada resolución, por el puntaje obtenido se debe clasificar en un Entrenador Básico de Formación o Categoría Monitor, que es entre 50 y 80 puntos con una asignación de honorarios mensuales de $1.513. 364.00

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